Actualmente estamos en proceso de migración al nuevo Portal Sonora. Por el momento este sitio web esta en modo "Histórico" mientras terminamos el proceso. Para ir al nuevo sitio web, haz clic aquí

Trámites y Servicios

Atención a solicitudes de indemnización global


Al trabajador que sin tener derecho a jubilación o pensión por vejez o invalidez, se separe definitivamente del servicio, se le otorgará una indemnización global equivalente a las cuotas con que hubiese contribuido al Fondo de Pensiones.


Información General

Nombre Ciudadano Indemnización global

Modalidades Presencial Por escrito

Tiempo de Respuesta 120 Día(s) Hábiles


Folio SON-ISSSTESON-85-0655-AC

Publicación 2023-02-21 11:03:12


Nivel Estatal

Clasificación Trámite

Tipo Personal

Sector Salud


Dependencia / Entidad Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Sonora

Unidad Administrativa Subdirección de Pensiones, Jubilaciones y Prestaciones

Información de Contacto

Nombre Lic. Rogelio Quiñonez Ahumada

Correo Electrónico rogelio.quinonez@isssteson.gob.mx

Más detalles Ir al sitio


Teléfono (1): 662-217-1028 Ext.

Requisitos
Presentar mediante Formato
Fecha de Formato 2022-03-02
Formato del requisito Descargar Formato
¿Cuáles son los Criterios de Resolución?
Que el trabajador no tenga algún adeudo con el Instituto o responsabilidades con el Estado u organismos públicos incorporados.
Si no se reclama dentro de los tres años siguientes a la fecha en que hubieren sido exigibles, prescribirán a favor del Instituto.
¿En qué casos se realiza el trámite o servicio?
*Cuando el ex-trabajador se separa definitivamente del servicio y presente la solicitud de indemnización global en el departamento de créditos y cumpla con el requerimiento para éste tipo de trámite.
*Si el trabajador falleciere sin tener derecho a una pensión y el beneficiario presente la solicitud de indemnización global, cumpliendo con el requerimiento para éste tipo de trámite.
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
1.-Entregar cuatro tantos de la solicitud de indemnización global firmado y con documentación requisitada en ventanilla de créditos.
2.-Si no cumple con los requisitos, le regresan solicitud.
3.-Si cumple con el total de los requisitos, le sellan de recibido los cuatro tantos de la solicitud y le entregan uno, informándole que se validarán los requisitos.
4.-Recibe número telefónico del departamento, para qué se comunique vía telefónica o se presente en la ventanilla del departamento para informarse sobre el seguimiento de su trámite.

¿Personalidad jurídica?
Persona física

Observaciones La programación y pago de solicitudes de indemnización global, le corresponde a la Subdirección de Finanzas de ISSSTESON.


Palabras clave Indemnización Global Solicitud de indemnización global Indemnización global

Domicilios

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora
Domicilio

Calle Blvd. Hidalgo

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 15

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83000

Correo Electrónico nadia.molina@gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 662-217-1028 Ext. 88110

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -

Costos

Gratuito

Descripción Gratuito

¿Tiene Vigencia? No

Tiempo de Respuesta

Notas El tiempo de respuesta es para el trámite administrativo dentro del departamento de créditos, el pago es por parte de la Subdirección de Finanzas, el cual está sujeto a su programación de pagos.

Tiempo de Respuesta 120 Día(s) Hábiles

Afirmativa/Negativa Ficta

¿Aplica? No aplica

Requisitos

Si el pago de la indemnización global es baja definitiva del trabajador: Solicitud plenamente requisitada y firmada por el ex trabajador.

Documento No.1 1 Original(es)


Notas El formato será proporcionado por el departamento de créditos del Instituto

Si el pago de la indemnización global es baja definitiva del trabajador: Aviso de baja definitiva, proporcionada por el o los organismos afiliados al Instituto con sello de recibido de ISSSTESON.

Documento No.1 1 Copia(s)

Si el pago de la indemnización global es baja definitiva del trabajador: Identificación oficial con fotografía vigente (licencia, credencial de elector, pasaporte mexicano, cédula profesional).

Documento No.1 1 Copia(s)

Si el pago de la indemnización global es baja definitiva del trabajador: Constancia de no adeudo de cuotas y aportaciones efectivas emitida por el departamento de ingresos de este Instituto.
Si el pago de la indemnización global es baja definitiva del trabajador: Constancia de no adeudo con el Instituto (se solicitará por parte del departamento de créditos).
Si el pago de la indemnización global es baja definitiva del trabajador: Constancia de no adeudo con el Estado u Organismos Públicos Incorporados.
Si el pago de la indemnización global es baja definitiva del trabajador: Constancia de no inhabilitación por parte de la Contraloría Estatal.
Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. • Pago de indemnización global en caso de fallecimiento del trabajador existiendo beneficiarios: Solicitud plenamente requisitada y firmada por el beneficiario, proporcionada por el departamento de créditos de este Instituto, excepto en la parte para uso exclusivo de ISSSTESON).

Documento No.1 3 Original(es)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. • Pago de indemnización global en caso de fallecimiento del trabajador existiendo beneficiarios: Aviso de baja definitiva, proporcionada por el o los Organismos afiliados al Instituto con sello de recibido de ISSSTESON.

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. • Pago de indemnización global en caso de fallecimiento del trabajador existiendo beneficiarios: Acta de defunción del ex trabajador.

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. • Pago de indemnización global en caso de fallecimiento del trabajador existiendo beneficiarios: Acta de nacimiento del o los beneficiarios.

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. • Pago de indemnización global en caso de fallecimiento del trabajador existiendo beneficiarios: Acta de matrimonio (en el caso de viuda)

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. • Pago de indemnización global en caso de fallecimiento del trabajador existiendo beneficiarios: Concubinato emitido por el Tribunal Judicial competente (en caso de concubinato).

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. • Pago de indemnización global en caso de fallecimiento del trabajador existiendo beneficiarios: Identificación oficial con fotografía vigente (licencia, credencial de elector, pasaporte mexicano, cédula profesional).

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. •Pago de indemnización global en caso de fallecimiento del trabajador existiendo beneficiarios. En caso de afectación por pensión alimentaria, él o los acreedor(es) alimentario(s) deberá(n) presentar además: Sentencia expedida por el Tribunal Judicial competente en donde se determina la proporción y/o porcentaje que debe ser afectada a su favor.

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. • Pago de indemnización global en caso de fallecimiento del trabajador existiendo beneficiarios. En caso de afectación por pensión alimentaria, él o los acreedor(es) alimentario(s) deberá(n) presentar además: Identificación oficial con fotografía vigente (licencia, credencial de elector, pasaporte mexicano, cédula profesional).

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. · En el supuesto que no exista beneficiarios del ex trabajador, en la declaración voluntaria proporcionada por éste Instituto, se requerirá al solicitante: Resolución del juicio intestamentario ó testamentario con nombramiento albacea.

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. · En el supuesto que lo beneficiarios sean menores de edad: Acta de nacimiento de la mamá o papá según sea el caso, como representante del menor.

Documento No.1 1 Copia(s)

Requisitos para el trámite de indemnización global en caso de fallecimiento. · En el supuesto que lo beneficiarios sean menores de edad. En caso de que no existan padres: Designación Judicial, para demostrar la representación legal del menor.

Documento No.1 1 Copia(s)

Comprobantes

Descargar Al momento de recibir la solicitud de indemnización global, el Encargado de ventanilla entregará una copia de la solicitud con el sello de recibido del departamento de créditos.

Fundamentos Jurídicos

Ley 38 de ISSSTESON Reformada

Capítulo Octavo

Artículo 89

Fracción N/A

Párrafo Primero y Segundo

Numeral N/A

Inciso N/A


Cita textual de la normatividad Al trabajador que sin tener derecho a jubilación o a pensión por vejez o invalidez, se separe definitivamente del servicio, se le otorgará una indemnización global equivalente a las cuotas con que hubiese contribuido al Fondo de Pensiones a que se refiere el artículo 16 de esta Ley.
Si el trabajador falleciere sin tener derecho a las pensiones mencionadas al principio de este artículo, el Instituto entregará el importe de la Indemnización Global a los beneficiarios que aquel hubiere designado, y a falta de designación, a sus derechos legítimos.

Ley 38 de ISSSTESON Reformada

Capítulo Octavo

Artículo 90

Fracción I y II

Párrafo Primero, Segundo y Tercero

Numeral N/A

Inciso N/A


Cita textual de la normatividad Sólo podrá afectarse la indemnización a que se refiere el artículo anterior, en los siguientes casos:

I.- Si el trabajador tuviese algún adeudo con el Instituto o responsabilidades con el Estado u Organismos Públicos incorporados.

II.- Cuando el Trabajador se le impute la comisión de algún delito con motivo del desempeño de su cargo y que entrañe responsabilidad con el Estado u Organismo Público correspondiente. En este caso se retendrá el total de la Indemnización hasta que los tribunales dicten fallo absolutorio y, en caso contrario, sólo se le entregará al trabajador el sobrante, si lo hubiere, después de cubrir dicha responsabilidad. Si el trabajador estuviere caucionando por algún fondo de garantía para el desempeño de su empleo, operará este en primer término. En el caso del último párrafo del artículo anterior, la Indemnización Global sólo podrá afectarse para cubrir los adeudos que tuviese para con el Instituto hasta la fecha de su muerte.

Ley 38 de ISSSTESON Reformada

Capítulo Octavo

Artículo 91

Fracción N/A

Párrafo Primero y Segundo

Numeral N/A

Inciso N/A


Cita textual de la normatividad Si el trabajador o extrabajador hubiere cobrado una indemnización global y quisiere que el tiempo que abarque dicha Indemnización se le compute, para los efectos de esta ley, reintegrará, en un plazo máximo de un año, contado a partir de la notificación personal que se le haga por parte del Instituto, la indemnización global, que hubiere recibido, más sus intereses calculado a la tasa vigente para préstamos a corto plazo en el momento de la devolución. Si falleciere antes de ejercer este derecho o de solventar el adeudo, sus familiares podrán optar por el pago de la indemnización que en su caso hubiere correspondido al trabajador en los términos del artículo 89, o bien, podrá cubrir íntegramente el saldo adeudado, para disfrutar de la pensión en los casos en que ésta proceda.

Ley 38 de ISSSTESON Reformada

Capítulo

Artículo 16

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Todo trabajador al servicio del Estado deberá aportar la cuota obligatoria del 17.5% sobre el sueldo básico integrado que devengue, definido en el primer párrafo del artículo anterior; aplicándose dicha cuota de la siguiente manera:
A).- El 10% para pensiones y jubilaciones;
B).- El 5.5% para servicios médicos;
C).- El .5% Para préstamos a corto plazo,
D).- El .5% Para préstamos prendarios.
E).- El 1% para infraestructura, equipamiento y mantenimiento hospitalario.

Regresar

Transparencia
Sonora

Consulta fácilmente la información que poseen y generan los sujetos obligados.

 

Más información

Plataforma Nacional de Transparencia
Instituto Sonorense de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
INAI
Comité de Participación Ciudadana del Del Sistema Estatal Anticorrupción
Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción
Sistema de Denuncias Ciudadanas del Estado de Sonora
Portal de Transparencia del Gobierno del Estado de Sonora
Datos abiertos del Gobierno de Sonora
Sistema de Indicadores de Gobierno del Estado de Sonora
Comisiones Transparentes
Transparencia Presupuestal
Desaladora Sonora
Compras Transparentes
Boletín Oficial y Archivo del Estado
Registro Estatal de Trámites y Servicios
Portal TuObra.mx
Directorio de la Administración Pública del Estado de Sonora
Compranet Sonora
Licitanet Sonora
DeclaraNet Sonora

Servicios e Información

Encuentra toda la información necesaria para poder realizar los trámites en línea o presenciales.

Contribuciones en línea

Síguenos en nuestras redes