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Trámites y Servicios

Autenticación de Documentos Académicos del Tipo medio Superior y Capacitación para el Trabajo


La autenticación de documentos académicos es un trámite necesario para dar validez oficial y legal a los certificados, títulos y diplomas que acreditan los estudios realizados en instituciones de educación de tipo medio superior y terminal con reconocimiento de validez oficial de estudios otorgado por el Gobierno del Estado de Sonora por conducto de la Secretaría de Educación y Cultura.


Información General

Nombre Ciudadano Autenticación de Media Superior

Modalidades Presencial

Tiempo de Respuesta 20 Día(s) Hábiles


Folio SON-SEC-73-0434-A

Publicación 2024-05-08 15:29:20


Nivel Estatal

Clasificación Trámite

Tipo Personal

Sector Educación


Dependencia / Entidad Secretaría de Educación y Cultura

Unidad Administrativa Dirección General de Educación Media Superior y Superior

Información de Contacto

Nombre Lic. Oscar Daniel Ruiz Ruiz

Correo Electrónico ruizr.oscar@sonora.edu.mx

Más detalles Ir al sitio


Teléfono (1): 662-289-7600 Ext. 5059

Requisitos
Presentar mediante Escrito libre
Formato del requisito No tiene formato
¿Cuáles son los Criterios de Resolución?
Las Instituciones con reconocimiento de validez oficial otorgado por el Gobierno del Estado por conducto de la SEC, deberán emitir certificados, títulos y diplomas los cuales deben de ser autenticados por la SEC, al cumplir con los requisitos marcados por normatividad y realizar el pago correspondiente.
¿En qué casos se realiza el trámite o servicio?
Cuando los alumnos de las instituciones de educación media superior y capacitación con RVOE concluyan sus estudios o soliciten un trámite parcial de los mismos.
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
Presentar oficio de solicitud del trámite en la Dirección de Educación Media Superior, acompañado de expediente completo con los requisitos descritos más adelante.
¿El pago se efectúa en el mismo lugar donde se realiza el trámite o servicio?
No
¿Personalidad jurídica?
Ambas (física y moral)

Observaciones Todos los precios se ajustarán a la actualización anual que emite la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora para el trámite de registro y autenticación de documentos que acreditan la realización de estudios de tipo media superior y media superior terminal de formación para el trabajo en instituciones incorporadas. Para realizar el pago en bancos o comercios autorizados, deberá obtener la ficha de pago correspondiente, acudiendo a las oficinas de la Secretaría de Educación y Cultura o bien en la página de la Secretaría de Hacienda.


Palabras clave Autenticación de documentos Acreditación Medio superior Autenticación de media superior

Domicilios

Secretaría de Educación y Cultura
Domicilio

Calle Guerrero

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 39

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83000

Correo Electrónico ruizr.oscar@sonora.edu.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 662-289-7600 Ext. 5059

Referencias

Antiguo cuartel

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -

Costos

$154.00 MXN

Descripción 43120500038 Autenticación de Documentos Académicos de Media Superior y Capacitación para el Trabajo

¿Tiene Vigencia? No

Tiempo de Respuesta

Tiempo de Respuesta 20 Día(s) Hábiles

Afirmativa/Negativa Ficta

¿Aplica? No aplica

Requisitos

Presentar ante la Dirección General de Educación Media Superior y Superior el expediente del alumno conformado por: 1) Oficio de Solicitud Importante: todas las copias deberán ser en tamaño carta

Documento No.1 1 Copia(s)

Documento No. 2 1 Original(es)

2) Documento a autenticar

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 1 Copia(s)


Notas En original y copia

3) Acta de nacimiento.

Documento No.1 1 Copia(s)

4) CURP.

Documento No.1 1 Copia(s)

5) Documento que certifique el antecedente académico (certificado de primaria o secundaria).

Documento No.1 1 Copia(s)

6) Relación de calificaciones por alumno y/o kárdex.

Documento No.1 1 Copia(s)

7) Comprobante de pago

Documento No.1 1 Copia(s)

Comprobantes

Descargar Se entregará al usuario documento autenticado

Se deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio.

Descargar Se entregará al usuario documento autenticado

Lugares de Pago

Agencia Fiscal del Estado de Sonora
Domicilio

Calle Avenida Paseo de la Cultura

No. Interior

No. Interior S/N

Colonia Vado del Rio

Código Postal 83280

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

Correo Electrónico infocontribuyente@sonora.edu.mx


Teléfonos

Teléfono (1): 662-212-2543 Ext.


Referencias

Centro de Gobierno


Horarios

Instrucciones Cuando se vaya a realizar el pago en alguna sucursal de BBVA Bancomer se debe ingresar a la página de la Secretaria de Hacienda https://servicios.siiafhacienda.gob.mx/Otros/panel?ClaseObjeto=SE e imprimir pase de caja con el cual se realizará el pago en el banco.

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -

Formas de Pago
  • Efectivo

BBVA Bancomer

Referencia Bancaria 43120500038

Fundamentos Jurídicos

Reglamento Interior de la Secretaría de Educación y Cultura

Capítulo VI

Artículo 18

Fracción XIV

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Registrar y autenticar los certificados parciales y totales, diplomas, títulos y grados de estudios realizados en las instituciones del tipo media superior y superior y de capacitación para el trabajo reconocimiento de validez oficial de estudios otorgados por la Secretaría.

Ley de Hacienda del Estado de Sonora

Capítulo

Artículo 326

Fracción IV

Párrafo

Numeral 29

Inciso


Cita textual de la normatividad Quedan sujetos a las siguientes cuotas:
IV.- Servicios Prestados por la Secretaría de Educación y Cultura del Estado.
29.- Autenticación de documentos académicos del tipo medio superior y capacitación para el trabajo $118.00

Acuerdo 450 por el que se establecen los Lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior que emite la Secretaría de Educación Pública.

Capítulo ll

Artículo 65

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Las normas del presente capítulo tienen por objeto establecer las bases que en materia de administración escolar deberán sujetarse quienes impartan planes y programas de estudio con reconocimiento. La autoridad educativa federal determinará y, en su caso, actualizará las normas, criterios y sistemas que se deberán implementar en la organización de las actividades de control, registro y certificación escolares, aplicables a los particulares que impartan educación del tipo medio superior con reconocimiento.

Acuerdo número 450 por el que se establecen los lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior que emite la Secretaría de Educación Pública.

Capítulo ll

Artículo 66

Fracción I, II, III, IV, V

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad El control escolar que deben implementar quienes impartan planes y programas de estudio con reconocimiento comprenderá las etapas siguientes:
I. Calendarización, cuyo objeto es dar a conocer el calendario escolar aplicable en el plantel; II. Inscripción, cuyo objeto es regular el ingreso, asentar el registro, iniciar el historial académico y llevar el control de los alumnos; III. Reinscripción, cuyo objeto es regular y controlar el registro de los alumnos que continúan sus estudios dentro del plantel e incluso de aquellos que reingresan después de haber suspendido sus estudios; IV. Acreditación, cuyo objeto es establecer los requisitos para el reconocimiento de la aprobación de una asignatura, módulo semestre o nivel educativo, así como normar el registro de los resultados de los alumnos y actualizar su historial académico; V. Certificación, cuyo objeto es reconocer, por medio de la entrega de un documento oficial, la acreditación total o parcial de las asignaturas, módulos o nivel educativo, y VI. En su caso, titulación, cuyo objeto es controlar la expedición y registro del título de los egresados de un plan y programas de estudio con reconocimiento. Es obligación del Director del plantel entregar en tiempo y forma a la autoridad educativa federal la documentación correspondiente a cada etapa, dentro de los plazos que para tal efecto establezca la propia autoridad.

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