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Trámites y Servicios

Defensa del trabajador


Para la Defensa del Trabajador, la Procuraduría del Trabajo presta sus servicios en forma indistinta para trabajadores y sindicatos, para distintos trámites del procedimiento. No comprendiendo a servidores públicos de los tres niveles de Gobierno, así como a empresas para-estatales y los supuestos contenidos en el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo. Se procurará llegar a un arreglo conciliatorio y de no lograrse el trabajador podrá solicitar su defensa ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo ubicadas en Hermosillo, Obregón, Nogales, San Luis Río Colorado, Navojoa, Puerto Peñasco y Guaymas, presentando su carta de no conciliación expedida por los Centros de Conciliación.


Información General

Nombre Ciudadano Asesoría del trabajador y demandas laborales

Modalidades Presencial Vía telefónica

Tiempo de Respuesta 40 Minuto(s)


Folio SON-ST-81-0379-AE

Publicación 2023-03-06 09:46:57


Nivel Estatal

Clasificación Trámite

Tipo Empresarial

Sector Servicios Gubernamentales


Dependencia / Entidad Secretaría del Trabajo

Unidad Administrativa Subsecretaría del Trabajo (Dir. Gral. del Trab. y Prev. Social)


Carta compromiso al Ciudadano Descargar

Información de Contacto

Nombre Lic. Alexis Iván Alegría Preciado

Correo Electrónico alexis.alegria@sonora.gob.mx

Más detalles Ir al sitio


Teléfono (1): 662-213-4644 Ext.

Requisitos
Presentar mediante Escrito libre
Formato del requisito No tiene formato
¿Cuáles son los Criterios de Resolución?
Asunto de competencia local y/o que se trámite ante un tribunal.
Asunto turnado de Centros de Conciliación, Defensoría Publica y Procuraduría Federal del Trabajador
¿En qué casos se realiza el trámite o servicio?
Los asuntos laborales que no fue posible conciliar en los centros de conciliación se pueden llevar a petición de parte por medio de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, se empieza a dar seguimiento al asunto, se realiza demanda laboral y se presenta ante el tribunal competente. A partir de ahí se comienza el juicio laboral en el que ésta Procuraduría asesorará y representará al trabajador hasta la conclusión del mismo. Durante el procedimiento si las partes lo desean se puede dar nuevamente apertura a la conciliación.
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
1.- Una vez que se haya agotado la conciliación en el centro de conciliación local, de no llegar a un arreglo conciliatorio el trabajador con el patrón, si el trabajador opta por el servicio de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, acudiendo con su carta de no conciliación expedida por el centro.
2.- Se recibe al usuario, se escucha su problemática laboral.
3.- Se da la asesoría correspondiente y de ser la voluntad del trabajador se procede a elaborar demanda laboral.
4.- Se presenta demanda y comienza el juicio.
¿Personalidad jurídica?
Ambas (física y moral)

Palabras clave Defensa del trabajador Demandas laborales Asesoría del trabajador Procuraduría del trabajo Solicitud de defensa para el trabajador Asuntos laborales

Domicilios

Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora
Domicilio

Calle Blvd. Jesús García Morales

Colonia Montebello

No. Int. s/n

No. Ext. 114

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83210

Correo Electrónico alexis.alegria@sonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 662-213-4170 Ext. 1017

Teléfono (2): 662-213-4644 Ext. 1018

Referencias

Dirección General del Trabajo y Previsión Social, dentro de las instalaciones de la Junta Local.

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Sur del Estado
Domicilio

Calle Sinaloa

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 213

Municipio Cajeme

Localidad Cd. Obregón

C.P. 85000

Correo Electrónico alexis.alegria@sonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 644-415-0798 Ext.

Referencias

Procuraduría de la Defensa del Trabajador dentro de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del sur del Estado.

Horarios

Instrucciones Sinaloa 213 sur entre Guerrero y No Reelección.

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Edificio del Estado
Domicilio

Calle Campillo

Colonia Fundo Legal

No. Int. 37

No. Ext. 140

Municipio Nogales

Localidad Nogales

C.P. 84030

Correo Electrónico alexis.alegria@sonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 631-312-1519 Ext.

Referencias

Procuraduría de la Defensa del Trabajador edificio del Estado despacho #37 tercer piso.

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Junta Especial de Conciliación y Arbitraje del Noroeste del Estado
Domicilio

Calle Calle Segunda

Colonia Comercial

No. Int. s/n

No. Ext. 508-A

Municipio San Luis Río Colorado

Localidad San Luis Río Colorado

C.P. 83449

Correo Electrónico alexis.alegria@sonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 653-534-6238 Ext.

Referencias

Procuraduría de la Defensa del Trabajado en edificio del Estado avenida Miguel Hidalgo y Cuarta.

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Junta Especial de Conciliación y Arbitraje de Navojoa
Domicilio

Calle Antonio Rincón

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 407

Municipio Navojoa

Localidad Navojoa

C.P. 85864

Correo Electrónico alexis.alegria@sonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 642-422-3143 Ext.

Referencias

Procuraduría de la Defensa del Trabajador dentro de las instalaciones de la Junta Especial de Navojoa.

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -

Costos

Gratuito

Descripción Gratuito

¿Tiene Vigencia? Si

Tiempo de Vigencia 60 Día(s) Naturales

Tiempo de Respuesta

Tiempo de Respuesta 40 Minuto(s)

Afirmativa/Negativa Ficta

¿Aplica? No aplica

Requisitos

Presentarse con identificación oficial, (credencial del INE, Pasaporte Mexicano, Cartilla Militar o Licencia de Manejo).

Documento No.1 1 Copia(s)

Presentar la documentación relacionada con el asunto laboral a tratar (si existe).

Documento No.1 1 Copia(s)

Documento No. 2 1 Original(es)


Notas documentación variada.

Autorizar para su defensa, la intervención de los procuradores de la defensa del trabajo en juicio en la demanda laboral.

Documento No.1 1 Original(es)

Mantenerse pendiente de la fecha de la celebración de las audiencias que señalan los Artículos 873 y 883 de la Ley Federal del Trabajo.
Acatar los elementos de prueba cuando le sean solicitados.

Notas Documentación que compruebe relación laboral entre otros.

Acudir a las audiencias a su cargo.

Comprobantes

Descargar Resolución del conflicto.

Se deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio.

Fundamentos Jurídicos

Ley federal del trabajo

Capítulo

Artículo 530

Fracción I-V

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad La procuraduría de la Defensa del Trabajo tiene las funciones siguientes:
I. Representar o asesorar a los trabajadores y a sus sindicatos, siempre que lo soliciten, ante cualquier autoridad, en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo; II. Interponer los recursos ordinarios y extraordinarios procedentes, para la defensa del trabajador o sindicato; y
III. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas.
IV. Auxiliar a los Centros de Conciliación, en otorgar información y orientación a los trabajadores que acudan a dichas instancias, y
V. Auxiliar en las audiencias de conciliación a las personas que lo soliciten.

Ley federal del trabajo

Capítulo

Artículo 530 bis

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Para el desarrollo de sus funciones, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo podrá citar a los patrones o sindicatos a juntas de avenimiento o conciliatorias, apercibiéndolos que de no comparecer a dichas diligencias, se les impondrá la medida de apremio a que se refiere la fracción I del artículo 731 de esta Ley.

Si el solicitante del servicio es quien no asiste a la junta de avenimiento o conciliatoria, se le tendrá por desistido de su petición sin responsabilidad para la Procuraduría, salvo que acredite que existió causa justificada para no comparecer.

Ley federal del trabajo

Capítulo

Artículo 534

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Los servicios que preste la Procuraduría de la Defensa del Trabajo serán gratuitos.

Ley 54 que reglamenta las funciones y actividades de la dirección general del trabajo y previsión social

Capítulo

Artículo 44

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad A los CC. Procuradores de la Defensa del Trabajo, les corresponde asesorar o
representar a los trabajadores y sindicatos siempre que lo soliciten ante las autoridades competentes, en
las diferencias y conflictos que se susciten entre ellos y los patrones con motivo de los contratos de
trabajo. Asimismo tendrán aquellas facultades y obligaciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo.

Ley 54 que reglamenta las funciones y actividades de la dirección general del trabajo y previsión social

Capítulo

Artículo 46

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Los CC. Procuradores de la Defensa del Trabajo deberán atender los asuntos
que tramiten ante los Tribunales Laborales, con eficiencia y legalidad, teniendo la obligación de
comparecer a cada una de las audiencias o diligencias que se celebren, correspondientes a sus asuntos,
asimismo deberán presentar oportunas y conducentes probanzas, y el pliego de alegatos respectivos,
con el objeto de preparar la opinión o el laudo favorable a los intereses de quienes representan.

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