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Trámites y Servicios

Atención mediante talleres a personas ciegas y de baja visión


Se brindan servicios en diferentes talleres de braille, música, orientación y movilidad, cómputo adaptado, cocina y estimulación multisensorial a personas ciegas y de baja visión sin rango de edad, para desarrollar el máximo de independencia y autonomía para así favorecer su calidad de vida y educación, que cuenten con su credencial nacional para personas con discapacidad


Información General

Nombre Ciudadano Talleres para personas ciegas y de baja visión

Modalidades Presencial Vía telefónica

Tiempo de Respuesta 40 Minuto(s)


Folio SON-DIF-53-0373-AE

Publicación 2024-04-03 14:36:50


Nivel Estatal

Clasificación Servicio

Tipo Personal

Sector Servicios


Dependencia / Entidad Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Sonora

Unidad Administrativa Dirección de Atención a Personas con Discapacidad

Información de Contacto

Nombre C. Lizeth Denise Ocejo Tanori

Correo Electrónico lizethocejo26@gmail.com

Más detalles Ir al sitio


Teléfono (1): 662-254-4439 Ext.

Requisitos
Presentar mediante Otro (Los formatos de ingreso, deben llenarse por personal del centro ya sea de forma presencial o vía telefónica)
Formato del requisito No tiene formato
¿Cuáles son los Criterios de Resolución?
1.- Ser persona ciega o de baja visión
2.- Contar con la credencial nacional para personas con discapacidad
3.- El servicio se brinda con base a la capacidad de atención a los usuarios y talleres, en caso de no haber disponibilidad, la persona se registra en una lista de espera
4.- Cuando el (la) solicitante es menor de edad o requiere de algún tutor para realizar el trámite, deberá estar acompañado (a) por el mismo
¿En qué casos se realiza el trámite o servicio?
Se brindan Talleres de Braille, música, orientación y movilidad, cómputo adaptado, cocina y estimulación multisensorial a personas ciegas y/o baja visión
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
- Presentar los requisitos determinados para integrarse a los talleres del centro
- Realizar un recorrido por las instalaciones del Centro NEIDI
- Pasar al área de administración para aplicar un estudio socioeconómico y se determine el costo con base en el tabulador de precios
- Si acepta el servicio, firma carta compromiso y documento de protección de datos personales
- Realiza el pago de la cuota mensual determinada por el estudio socioeconómico por medio de transferencia bancaria
- Se entrevista con personal del área de psicología quien le va a brindar orientación sobre los talleres para que elija con base en sus gustos y necesidades
- Recibe de la Coordinación Académica el horario de asistencia al centro
¿El pago se efectúa en el mismo lugar donde se realiza el trámite o servicio?
No
¿Personalidad jurídica?
Persona física

Observaciones Para información comunicarse a los teléfonos
6623405959 Lizeth Ocejo
6621281674 Sara Sánchez
Horario de Atención 8:00am a 3:00pm


Palabras clave Talleres para ciegos Atención para ciegos y baja visión Talleres para baja vision Taller de braille Talleres para ciegos y de baja vision ciegos Taller de estimulación multisensorial débiles visuales DIF

Domicilios

Centro de Atención para Ciegos y de Baja Visión
Domicilio

Calle Blvd. Libertad entre Progreso y Artesanos

Colonia Adolfo de la Huerta

No. Int. Sin número

No. Ext. s/n

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83295

Correo Electrónico centroneidi@gmail.com

Teléfonos

Teléfono (1): 662-254-4439 Ext.

Referencias

A un costado del parque Libertad y Artesanos, en la colonia Adolfo de la Huerta

Horarios

Instrucciones Salida a Guaymas, de norte a sur en Bulevar Libertad girar a la izquierda

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -

Costos

$120.00 MXN

Descripción Clasificación A

Notas De acuerdo a un estudio socioeconómico que se le realiza a la usuaria (o), el costo es por servicio, independientemente al número de talleres a elegir (Puede ser uno o más talleres)

¿Tiene Vigencia? No

$240.00 MXN

Descripción Clasificación B

Notas De acuerdo a un estudio socioeconómico que se le realiza a la usuaria (o), el costo es por servicio, independientemente al número de talleres a elegir (Puede ser uno o más talleres)

¿Tiene Vigencia? No

$360.00 MXN

Descripción Clasificación C

Notas De acuerdo a un estudio socioeconómico que se le realiza a la usuaria (o), el costo es por servicio, independientemente al número de talleres a elegir (Puede ser uno o más talleres)

¿Tiene Vigencia? No

$480.00 MXN

Descripción Clasificación D

Notas De acuerdo a un estudio socioeconómico que se le realiza a la usuaria (o), el costo es por servicio, independientemente al número de talleres a elegir (Puede ser uno o más talleres)

¿Tiene Vigencia? No

$600.00 MXN

Descripción Clasificación E

Notas De acuerdo a un estudio socioeconómico que se le realiza a la usuaria (o), el costo es por servicio, independientemente al número de talleres a elegir (Puede ser uno o más talleres)

¿Tiene Vigencia? No

Tiempo de Respuesta

Notas -40 minutos es el máximo de tiempo estimado para recibir atención
- El proceso total de inscripción son 60 minutos aproximadamente (Plática inicial, recorrido, estudio socioeconómico, entrevista, asignación de talleres y entrega de horario)

Tiempo de Respuesta 40 Minuto(s)

Afirmativa/Negativa Ficta

¿Aplica? No aplica

Requisitos

Credencial nacional para personas con discapacidad vigente

Documento No.1 1 Copia(s)

Comprobante de domicilio, recibo de agua o luz

Documento No.1 1 Copia(s)

Credencial para votar vigente

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Sólo para mayores de edad, en caso de ser menores de edad se solicita 1 copia de la credencial para votar vigente y una fotografía de la (s) persona (s) autorizada (s) para entrega y recepción del usuaria (o)

Acta de nacimiento

Documento No.1 1 Copia(s)

Diagnóstico médico oftalmológico reciente en caso de no tener credencial nacional para personas con discapacidad

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Aplica para quienes van a tramitar su CRENADEP. (Credencial para Personas con Discapacidad)

Comprobantes

Descargar Comprobante de pago

Se deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio.

Lugares de Pago

BBVA

Referencia Bancaria Centro Neidi

Fundamentos Jurídicos

Ley Para la Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad o en Situación de Discapacidad del Estado de Sonora.

Capítulo I

Artículo 5

Fracción I, VI, VIII,X y XII

Párrafo Último

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Las acciones y principios que deberán observar todas las políticas públicas, los programas y las acciones para la atención e inclusión de las personas con discapacidad o en situación de discapacidad, son las siguientes:

I.- Los programas de salud, y rehabilitación dirigidos a mejorar su calidad de vida;

IV.- Brindar apoyo económico a quienes se encuentran al cuidado diario de personas con discapacidad o personas en situación de discapacidad, cuya condición no les permite la autonomía como individuo, de manera que quien cuida de él pueda proveer de alimentación, vestido y vivienda adecuada para las personas con discapacidad o personas en situación de discapacidad mejorando su calidad de vida;

VIII.- Inclusión plena a la vida social y productiva;

X.- Las acciones necesarias para garantizar la accesibilidad y su inclusión plena a la comunidad;

XII.- El impulso a programas para fortalecer la atención integral de las personas con discapacidad o personas en situación de discapacidad que no les permita integrarse a las actividades productivas en ninguna etapa de su vida.

Para lograr que estas acciones prioritarias se lleven a cabo se debe tomar en cuenta que la familia tiene una labor esencial para el logro de las acciones y objetivos establecidos en esta Ley. El Estado de acuerdo a su capacidad presupuestal y de recursos humanos, ofrecerá a la familia capacitación integral en los aspectos educativo, deportivo, de salud y de incorporación laboral, para atender la presencia de alguna discapacidad en uno o varios miembros de la familia.

Ley Para la Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad o en Situación de Discapacidad del Estado de Sonora.

Capítulo V

Artículo 25

Fracción V, VIII, XII y XX

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad CAPÍTULO V
DERECHO A LA EDUCACIÓN

Para garantizar el derecho a la educación corresponde a la Secretaría de Educación y Cultura de Sonora, en el ámbito de su competencia:

V.- Crear y operar centros educativos escolarizados y abiertos, en los que se instruya a la población en educación bilingüe-cultural, la Lengua de Señas Mexicana, y el sistema de lecto-escritura Braille, y tecnología adaptada a la discapacidad;

VIII.- Programar y ejecutar cursos de capacitación y actualización permanentes, que permitan generar una cultura inclusiva, dirigidas al personal de sus centros educativos, así como en las instituciones formadoras de docentes para que dentro de su formación inicial se contemple la eliminación de barreras para el aprendizaje y la participación efectiva en todos los niveles educativos públicos y privados, dichos cursos incluirán temas como el uso de modos, medios y formatos de comunicación como la Lengua de Señas Mexicana, sistema de lecto-escritura en sistema Braille y tecnología adaptada, técnicas y materiales educativos en formatos accesibles para las personas con discapacidad o en situación de discapacidad y educación en derechos humanos;

XII.- Garantizar que todas las personas con discapacidad o en situación de discapacidad tienen derecho a asistir a una institución o centro educativo para obtener educación, formación o capacitación sin discriminación sobre la base de igualdad de oportunidades, no deben exponerse motivos de discapacidad para que las personas que la padecen queden excluidas del sistema general de educación;

XX.- En la ley de Educación para el Estado de Sonora, se regularán las características, condiciones y modalidades de la educación dirigida a personas con discapacidad atendiendo a las cualidades y necesidades individuales de quienes sean cursantes o participantes, con el propósito de brindarles a través de instituciones de educación especializada, la formación y capacitación necesaria, adecuadas a sus aptitudes y condiciones de desenvolvimiento personal, facilitando su inserción en los diferentes niveles educativos , de acuerdo al tipo y grado de discapacidad específica;

Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Sonora.

Capítulo VII

Artículo 32

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad CAPÍTULO VII
DE LA ACCESIBILIDAD

A fin de garantizar el derecho a la accesibilidad universal de las personas con discapacidad o personas en situación de discapacidad y asegurar que gocen de movilidad con la mayor independencia posible, la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, la Secretaría de Gobierno por conducto de la instancia competente, y la Secretaría de Hacienda, todas del Estado de Sonora, elaborarán y propondrán, el Programa Integral de Accesibilidad para el Estado de Sonora.

Ley Para la Inclusión y Desarrollo de las Personas Con Discapacidad o en Situación de Discapacidad del Estado de Sonora.

Capítulo VI

Artículo 26

Fracción VII y VIII

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad CAPÍTULO VI
DERECHO AL TRABAJO Y A LA CAPACITACIÓN

Para garantizar el derecho al trabajo, a la capacitación y los derechos laborales de las personas el Gobernador del Estado formulará y ejecutará, a través de las instancias correspondientes, el programa de empleo y capacitación laboral que tendrá las siguientes acciones:

VII.- Instrumentar el Programa de Empleo y Capacitación Laboral a través de convenios con los sectores empresariales, instituciones de gobierno, organismos sociales, sindicatos y empleadores, que propicien el acceso al trabajo, incluyendo la creación de agencias de inclusión laboral, centros de trabajo protegido, talleres, asistencia técnica y becas económicas temporales; y

VIII.- Diseñar, ejecutar, evaluar y promover políticas públicas para la inclusión laboral de las personas con discapacidad atendiendo a su clasificación en el sector público o privado, que protejan la capacitación, empleo, contratación y derechos sindicales, en su caso, de las personas con discapacidad.

Ley Para la Inclusión y Desarrollo de las Personas Con Discapacidad o en Situación de Discapacidad del Estado de Sonora.

Capítulo XII

Artículo 55

Fracción VI y XVII

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad CAPITULO XII
DEL CONSEJO PARA LA INCLUSIÓN Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

VI.- Promover el establecimiento de centros y servicios de rehabilitación somática, psicológica, social y ocupacional para las personas con discapacidad;
XVII.- Orientar a la comunidad en general y en particular a las familias de personas con discapacidad, en materia de convivencia, apoyo y tratamiento de los mismos;

Inspección y Verificación

corroborar pago mensual
Inspector o Verificador

Nombre Lic. Lizeth Denisse Ocejo Tanori

Correo Electrónico centroneidi@gmail.com

Teléfono 662-254-4436 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Documentación a conservar

Para fines de acreditación, inspección o verificación del trámite o servicio. comprobante de pago

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INAI
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Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción
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Datos abiertos del Gobierno de Sonora
Sistema de Indicadores de Gobierno del Estado de Sonora
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