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Trámites y Servicios

Afiliación del trabajador y sus beneficiarios al servicio médico ISSSTESON


La afiliación es el proceso de registro de alta de los trabajadores, y sus familiares derechohabientes ante el Instituto; y tiene como finalidad:
I. Llevar el registro de los Organismos, así como de los trabajadores.
II. Expedir cédula de identificación de los trabajadores y sus beneficiarios.
III. Proporcionar la información necesaria a las diferentes áreas administrativas del Instituto, para el cumplimiento de estas funciones.


Información General

Nombre Ciudadano Trámite para la credencial del servicio médico ISSSTESON

Modalidades Ventanilla Presencial

Tiempo de Respuesta 30 Minuto(s)


Folio SON-ISSSTESON-85-0228-AF

Publicación 2023-02-21 10:43:52


Nivel Estatal

Clasificación Trámite

Tipo Personal

Sector Salud


Dependencia / Entidad Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Sonora

Unidad Administrativa Subdirección de Pensiones, Jubilaciones y Prestaciones


Carta compromiso al Ciudadano Descargar

Información de Contacto

Nombre Lic. Liliana Acosta García

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Más detalles Ir al sitio


Teléfono (1): 662-217-1028 Ext. 88132

Requisitos
Presentar mediante Otro (Documentos especificados en los requisitos.)
Formato del requisito No tiene formato
¿Cuáles son los Criterios de Resolución?
Que el organismo presente alta del trabajador y que el trabajador y sus beneficiarios presenten los requisitos requeridos.
¿En qué casos se realiza el trámite o servicio?
Afiliación de los trabajadores y los familiares derechohabientes que designe el trabajador para obtener la credencial de servicio médico ISSSTESON.
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
1.- Presentarse en ventanilla única del área de afiliación y vigencia de derechos, con documentos requeridos.
2.- Deberá acudir 3 días después para la realización de la credencial.

¿Personalidad jurídica?
Persona física

Observaciones Los trabajadores de nuevo ingreso o reingreso deberán presentar constancia con enfermedad preexistente o sin enfermedad preexistente, la cual se anexará a los estudios señalados en el apartado de requisitos.
Para trámite foráneo:
El tiempo de respuesta es de 15 días hábiles, en caso de no existir módulo en la localidad


Palabras clave Afiliación a trabajadores y sus beneficiarios Afiliación Trabajador Beneficiarios Afiliación trabajador Afiliación beneficiarios Afiliación del trabajador al ISSSTESON

Domicilios

Edificio ISSSTESON
Domicilio

Calle Blvd. Hidalgo

Colonia Centenario

No. Int.

No. Ext. 15

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83260

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 622-217-1028 Ext. 88130

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Módulo Agua Prieta
Domicilio

Calle Calle 8 esquina con Avenida 6

Colonia Ferrocarril

No. Int.

No. Ext. 597

Municipio Agua Prieta

Localidad Agua Prieta

C.P. 84269

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 633-338-7161 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Módulo Caborca
Domicilio

Calle Avenida Álvaro Obregón

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 96

Municipio Caborca

Localidad Caborca

C.P. 83600

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 637-372-6462 Ext.

Referencias

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Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Módulo Cananea
Domicilio

Calle Tercera este, entre callejón Morelos y Juárez

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. Sin Número

Municipio Cananea

Localidad Cananea

C.P. 84620

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 645-101-2425 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Hospital ISSSTESON Guaymas
Domicilio

Calle Bulevar Benito Juárez entre Gilberto Calles y Río Mayo

Colonia Los Ríos

No. Int.

No. Ext. Sin número

Municipio Guaymas

Localidad Guaymas

C.P. 85440

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 622-222-7488 Ext.

Referencias

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Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Centro Médico "Dr. Ignacio Chávez"
Domicilio

Calle Juárez y Aguascalientes

Colonia Modelo

No. Int.

No. Ext. 7

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83190

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Teléfonos

Teléfono (1): 662-109-3800 Ext.

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Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
07:00 - 20:00 07:00 - 20:00 07:00 - 20:00 07:00 - 20:00 07:00 - 20:00 - -
Módulo Moctezuma
Domicilio

Calle García Morales esquina con Hidalgo

Colonia Moctezuma

No. Int.

No. Ext. Sin número

Municipio Moctezuma

Localidad Moctezuma

C.P. NA

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Teléfonos

Teléfono (1): 634-246-0530 Ext.

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Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Módulo Navojoa
Domicilio

Calle Bulevar Rafael J. Almada

Colonia Juárez

No. Int.

No. Ext. 2101

Municipio Navojoa

Localidad Navojoa

C.P. 85870

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 642-422-2410 Ext.

Referencias

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Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Módulo Nogales
Domicilio

Calle Plutarco Elías Calles

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 702

Municipio Nogales

Localidad Nogales

C.P. 84035

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 631-312-3814 Ext.

Referencias

Horarios

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Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Policlínica Obregón
Domicilio

Calle Guerrero entre Otancahui y Paris

Colonia Infonavit Yucujimari

No. Int.

No. Ext. 1737

Municipio Cajeme

Localidad Cd. Obregón

C.P. 85140

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 644-413-7449 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Hospital Lic. Adolfo López Mateos
Domicilio

Calle Sinaloa

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 614

Municipio Cajeme

Localidad Cd. Obregón

C.P. 85000

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 644-128-6100 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Farmacia Puerto Peñasco
Domicilio

Calle Sonora esquina con avenida San Luis

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 15-01

Municipio Puerto Peñasco

Localidad Puerto Peñasco

C.P. 83550

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 638-383-1773 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Módulo San Luis Río Colorado
Domicilio

Calle Avenida Madero entre 7 y 8

Colonia Comercial

No. Int.

No. Ext. 714

Municipio San Luis Río Colorado

Localidad San Luis Río Colorado

C.P. 83448

Correo Electrónico liliana.acosta@isssteson.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 653-535-6199 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -

Costos

Gratuito

Descripción Gratuito

Notas Después de la entrega de documentación como trabajador de nuevo ingreso, el tiempo de espera será de 4 días para la realización de su credencial.

¿Tiene Vigencia? Si

Tiempo de Vigencia 4 Día(s) Hábiles

Tiempo de Respuesta

Notas Concluido los 4 días de recepción de documentos para trabajadores de nuevo ingreso, acudir para la expedición de su credencial y el tiempo de espera es de 30 minutos aproximadamente.

Tiempo de Respuesta 30 Minuto(s)

Afirmativa/Negativa Ficta

¿Aplica? No aplica

Requisitos

Acta de nacimiento

Documento No.1 1 Original(es)


Notas Para la afiliación del trabajador(a), cónyuge o/e hijo(a); también puede presentarse en copia certificada.

Constancia de estudios de nivel medio superior o superior (en los casos en que proceda).

Documento No.1 1 Original(es)


Notas Para la afiliación del hijo(a) que sea mayor de 18 años y hasta la edad de 25.

Fotografía actual , tamaño credencial, con fondo blanco.

Documento No.1 1 Original(es)


Notas Este requisito es necesario únicamente cuando el hijo(a) o cónyuge del trabajador no puedan acudir a la toma de fotografía.

Acta de matrimonio

Documento No.1 1 Original(es)


Notas Para la afiliación del cónyuge, también puede presentarse en copia certificada.

Examen médico

Documento No.1 1 Original(es)


Notas Para la afiliación del trabajador

I.- VDRL y tipo factor (RH)

Notas Para la afiliación del trabajador

II.- Radiografía de tórax (con interpretación)

Notas Para la afiliación del trabajador

III.- Química sanguínea (glucosa, urea, creatinina, ácido úrico, colesterol y triglicéridos)

Notas Para la afiliación del trabajador

IV.- Biometría hemática completa

Notas Para la afiliación del trabajador

V.- Examen general de orina

Notas Para la afiliación del trabajador

VI.- Prueba de embarazo

Notas Para la afiliación del trabajador, en el supuesto de que sea del sexo femenino.

Autorización de dictamen de incapacidad

Documento No.1 1 Original(es)


Notas Para la afiliación de hijos con discapacidad física o psíquica mayores de 18 años, el trabajador debe acudir al Departamento de Trabajo Social para su autorización.

Comprobantes

Descargar Credencial ISSSTESON

Fundamentos Jurídicos

Ley 38 de ISSSTESON Reformada

Capítulo

Artículo 7

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Los Trabajadores están obligados a proporcionar al Instituto, al Estado y Organismos públicos incorporados en que presten sus servicios:
I- Los nombres de los familiares que deben disfrutar de los beneficios que esta Ley concede;
II- Los informes y documentos que se les pidan, relacionados con la aplicación de esta Ley.
Los trabajadores tendrán derecho, en su caso, a gestionar que el Instituto los inscriba, y exigir al Estado y organismos públicos incorporados correspondientes al escrito cumplimiento de las obligaciones que les impone el artículo anterior.

Ley 38 de ISSSTESON Reformada

Capítulo

Artículo 8

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad El Instituto estará obligado a expedir a todos los beneficiarios de esta ley, una cédula de identificación, a fin de que puedan ejercitar los derechos que la misma les confiere, según sea el caso.

Ley 38 de ISSSTESON Reformada

Capítulo

Artículo 9

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Para que los beneficiarios puedan percibir las prestaciones que les correspondan, deberán cumplir los requisitos que esta Ley establece y los de los reglamentos y acuerdos que expida el Instituto con apoyo en la misma. No obstante lo anterior, los requisitos que impongan tales normatividades no podrán condicionar la prestación de los servicios en virtud de circunstancias relativas al estado de salud y/o físico del trabajador. Durante el proceso de ingreso o reingreso de los trabajadores como derechohabientes del Instituto, éste únicamente podrá exigir la realización de estudios médicos a aquéllos, con el exclusivo propósito de determinar si el Estado y/o alguno de los organismo públicos
incorporados, debe cubrir aportaciones adicionales a favor del Instituto, así como la cuantía de las mismas, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 21 de esta Ley.

Ley 38 de ISSSTESON Reformada

Capítulo

Artículo 24

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad También tendrán derecho a los servicios que señala la fracción I del artículo 23 de esta Ley en caso de enfermedad, siempre y cuando reúnan los requisitos y condiciones que establece la misma y el Reglamento para los Servicios Médicos del Instituto, los familiares del trabajador y del pensionista que enseguida se señalan:
I.- La cónyuge o, en su caso, la persona con quien ha vivido como si lo fuera durante los cinco años anteriores a la enfermedad o aún durante un término menor si con ella tuviese hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio. Si el trabajador o pensionista tiene varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir las mencionadas prestaciones.
En caso de fallecimiento de la trabajadora o pensionista, únicamente continuará recibiendo el servicio médico el esposo o concubinario que esté incapacitado física o psíquicamente y haya dependido económicamente de ella;
II.- Los hijos menores de 18 años.
Los familiares que se mencionan en esta fracción y la precedente, tendrán el derecho antes establecido cuando el trabajador o el pensionista tengan derecho a las prestaciones señaladas en la fracción I del artículo 23 de esta Ley y cuando dichos familiares no tengan por si mismos derechos propios a las prestaciones otorgadas por esta Ley o por la Ley del Seguro Social o la del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado dependientes de la Federación.
III.- Los hijos mayores de 18 y hasta 25 años.
Los familiares que se mencionan en esta fracción, tendrán el derecho antes establecido si reúnen además de los requisitos que se señalan en la fracción anterior, los siguientes:
A).- Que esté cursando estudios a nivel medio superior o subsecuentes.
B).- Que a satisfacción del Instituto compruebe periódicamente tanto la inscripción como el promedio de calificación aprobatoria.
IV.- Los hijos mayores de 18 años, incapacitados física o psíquicamente, que no puedan trabajar para obtener su subsistencia, lo que se comprobará mediante certificado médico expedido por el Instituto y por los medios legales procedentes.
V.- El esposo o concubinario de la trabajadora o pensionista, siempre que esté incapacitado física o psíquicamente y dependa económicamente de ella.
VI.- Los padres del trabajador.
En este supuesto, la prestación se otorgará:
A).- Sin costo adicional, a quienes dependan económicamente en forma exclusiva del trabajador.
B).- Con el costo que determinen los aranceles, a quienes no demuestren la dependencia económica en forma exclusiva. En este caso, el paciente cubrirá el importe del servicio al momento del otorgamiento del mismo.
Quedan excluidos del servicio médico los padres que tengan derechos propios en otras instituciones de seguridad social, sean del Estado o de la Federación.

Ley 40 del Servicio Civil del Estado de Sonora

Capítulo

Artículo 14

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Los nombramientos deberán contener:
I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del nombrado;
II. Denominación del puesto o cargo que debe prestar y, de ser posible, se precisarán sus funciones;
III. El carácter del nombramiento: definitivo, interino, por tiempo fijo o por obra determinada;
IV. Duración de la jornada de trabajo;
V. El salario y demás prestaciones que habrá de percibir el trabajador con indicación de la partida del presupuesto con cargo a la cual se cubrirán;
VI. Lugar y dependencia en que deberá prestar sus servicios.
Para que el nombramiento surta efectos el interesado deberá acreditar, mediante certificado médico, que goza de buena salud y es mentalmente apto para el desempeño del puesto de que se trate.

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