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Trámites y Servicios

Cambios en el Registro Estatal de Contribuyentes


Para llevar a cabo el trámite de modificaciones en el Registro Estatal de Contribuyentes de un negocio, las personas físicas o morales deberán dar aviso a la Secretaría de Hacienda del Estado, dentro de los 30 días siguientes a aquel en que incurran los siguientes cambios:

1.- De domicilio, excepción hecha de quienes sólo causen impuestos que deban ser retenidos o recaudados.
2.- De razón o denominación social.
3.- De correo electrónico y número de teléfono autorizados por el contribuyente y que serán utilizados para su atención y el intercambio de datos personales para trámites solicitados por el mismo o su representante legal.
4.- De representante legal para personas morales.

Los interesados deberán presentar la documentación requerida para éste trámite de forma presencial en cualquier Agencia o Subagencia Fiscal de su domicilio fiscal o enviar de forma electrónica al correo: altacontribuyente@haciendasonora.gob.mx y en caso de cumplir con todos los requisitos, la autoridad procederá a su modificación.

Una vez concluido el trámite se entregará y/o enviará vía correo electrónico la impresión del detalle generado del sistema, así mismo, el contribuyente podrá registrarse y generar la constancia del Registro Estatal de Contribuyentes, ya con las modificaciones, en el portal de mi cuenta única https://cuentaunica.siiafhacienda.gob.mx/Account/Login

En la página https://hacienda.sonora.gob.mx/contribuyentes/registro-estatal-de-contribuyentes/ puede consultar requisitos, llenar e imprimir el formato de Formulario de usos Múltiples electrónico editable en la siguiente liga https://hacienda.sonora.gob.mx/contribuyentes/formatos/formulario-de-uso-multiple/


Información General

Nombre Ciudadano Cambios en el Registro Estatal de Contribuyentes

Modalidades Presencial Por escrito En Línea Ventanilla

Tiempo de Respuesta 3 Día(s) Hábiles


Folio SON-SH-75-1838-ABCF

Publicación 2024-03-22 09:03:06


Nivel Estatal

Clasificación Trámite

Tipo Personal

Sector Servicios Gubernamentales


Dependencia / Entidad Secretaría de Hacienda

Unidad Administrativa Dirección General de Recaudación

Información de Contacto

Nombre Lic. Marina Yvonne Piña Miranda

Correo Electrónico altacontribuyente@haciendasonora.gob.mx


Teléfono (1): 662-108-4000 Ext. 4287

Requisitos
Presentar mediante Formato
Fecha de Formato 2022-01-13
Formato del requisito Descargar Formato
¿Cuáles son los Criterios de Resolución?
A través del portal electrónico https://hacienda.sonora.gob.mx/contribuyentes/formatos/formulario-de-uso-multiple/ se podrá hacer la captura electrónica del Formato de Usos Múltiples, donde se capturarán los datos actuales y los datos que se modificarán, ya sea, cambio de domicilio, razón o denominación social, aumento o disminución de obligaciones, suspensión o reanudación de actividades, traspaso de la negociación, apertura o cierre de establecimientos y/o cancelación del Registro Estatal de Contribuyentes, así como el correo electrónico y el número de teléfono o su representante legal.

El representante legal de las personas físicas o morales deberá acreditar su personalidad jurídica y proporcionar información relacionada con su identidad y su domicilio.

El trámite de aviso del cambio en el Registro Estatal de Contribuyentes deberá ser presentado dentro de los treinta días siguientes al día en que tenga lugar dicho cambio, salvo que las leyes señalen otro plazo.

Se deberá cumplir con los requisitos y proporcionar la documentación requerida para cada trámite de cambio en el Registro Estatal de Contribuyentes.
¿En qué casos se realiza el trámite o servicio?
El trámite de aviso de cambio en el Registro Estatal de Contribuyente lo deberán presentar las personas físicas y morales que realicen cambios en su domicilio, razón o denominación social, aumento o disminución de obligaciones, suspensión o reanudación de actividades, traspaso de la negociación, apertura o cierre de establecimientos y/o cancelación del REC, correo electrónico y número telefónico o representante legal, dentro de los 30 días siguientes al que tenga lugar dicho cambio. El trámite lo podrán llevar a cabo de forma presencial en cualquier Agencia o Subagencia Fiscal de su domicilio fiscal o enviar de forma electrónica al correo: altacontribuyente@haciendasonora.gob.mx
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
Enviar la documentación requerida vía correo electrónico a altacontribuyente@haciendasonora.gob.mx o bien acudir con toda la documentación requerida a la Agencia o Subagencia Fiscal de su domicilio fiscal.

Una vez recibida la documentación requerida para el trámite de cambio en el Registro Estatal de Contribuyentes y que haya sido validada por la autoridad, ésta procederá a su cambio en el REC y emitirá la impresión del detalle generado del sistema y se remitirá vía electrónica o impresión en caso de ser presencial.

Una vez concluido el trámite de cambio en el REC con la obligación del ISRTP, el contribuyente podrá registrarse y generar la constancia del Registro Estatal de Contribuyentes en el portal de mi cuenta única https://cuentaunica.siiafhacienda.gob.mx/Account/Login , el soporte técnico para recuperar o modificar el acceso a la cuenta única se solicita al correo infocontribuyente@sonora.gob.mx .
¿Personalidad jurídica?
Ambas (física y moral)

Observaciones Si el registro es a solicitud de la autoridad, será sujeto a una sanción.

La autoridad podrá solicitar documentación adicional.

Para mayor información acudir a la Agencia Fiscal que le corresponda, contactar asesores en línea www.hacienda.sonora.gob.mx o bien comunicarse a los Teléfonos: 01 800 3127011, (662) 2127011, 2127018, 2179130 y 2175520, infocontribuyente@sonora.gob.mx, Whatsapp (662) 316 97 34.


Palabras clave Registro Estatal de Contribuyentes Cambios REC modificaciones

Domicilios

Agencia Fiscal Agua Prieta
Domicilio

Calle Calle 6 y Avenida 4

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Agua Prieta

Localidad Agua Prieta

C.P. 84210

Correo Electrónico efaguaprieta@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 633-338-1299 Ext.

Referencias

Esquina

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Caborca
Domicilio

Calle Calle Sexta Y Avenida R

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Caborca

Localidad Caborca

C.P. 83600

Correo Electrónico efcaborca@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 637-372-0356 Ext.

Teléfono (2): 637-372-7052 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Cananea
Domicilio

Calle Calle 9 y Callejón Bravo entre Sinaloa y Obregón

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Cananea

Localidad Cananea

C.P. 84623

Correo Electrónico efcananea@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 645-101-2172 Ext.

Teléfono (2): 645-332-6585 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Cd. Obregón
Domicilio

Calle 5 de Febrero entre Hidalgo y Allende

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Cajeme

Localidad Cd. Obregón

C.P. 85000

Correo Electrónico efobregon@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 644-413-2359 Ext.

Teléfono (2): 644-413-1610 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 18:00 08:00 - 18:00 08:00 - 18:00 08:00 - 18:00 08:00 - 18:00 09:00 - 13:00 -
Sub Agencia Fiscal California Ciudad Obregón
Domicilio

Calle California Norte, entre Morelos y Yaqui

Colonia Quinta Díaz

No. Int.

No. Ext. 440

Municipio Cajeme

Localidad Cd. Obregón

C.P. 85110

Correo Electrónico efcalifornia@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 644-414-7687 Ext.

Teléfono (2): 644-415-9174 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Sub Agencia Fiscal Empalme
Domicilio

Calle Avenida Revolución entre Hidalgo y Allende

Colonia Moderna

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Empalme

Localidad Empalme

C.P. 85510

Correo Electrónico efempalme@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 622-113-0174 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Guaymas
Domicilio

Calle Aquiles Serdán entre calles 28 y 29

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Guaymas

Localidad Guaymas

C.P. 85400

Correo Electrónico efguaymas@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 622-222-5465 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 09:00 - 13:00 -
Agencia Fiscal Hermosillo Centro de Gobierno
Domicilio

Calle Comonfort y Avenida de la Cultura

Colonia Vado del Rio

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83280

Correo Electrónico efhermosillo@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 662-217-1583 Ext.

Referencias

Edificio Sonora, ala sur, planta baja.

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Sub Agencia Fiscal Hermosillo CUM
Domicilio

Calle Blvd. Solidaridad y Periférico Norte

Colonia Álvaro Obregón

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83170

Correo Electrónico efcum@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 662-236-6436 Ext.

Teléfono (2): 662-236-6431 Ext.

Teléfono (3): 662-216-2895 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 18:00 08:00 - 18:00 08:00 - 18:00 08:00 - 18:00 08:00 - 18:00 09:00 - 13:00 -
Sub Agencia Fiscal Hermosillo Parque Industrial
Domicilio

Calle Carretera a la Colorada y Blvd. Calesa

Colonia Parque Industrial

No. Int. Local 28

No. Ext. S/N

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83294

Correo Electrónico efindustrial@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 662-251-0474 Ext.

Teléfono (2): 662-251-0535 Ext.

Teléfono (3): 662-251-0192 Ext.

Referencias

Plaza Futura

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Sub Agencia Fiscal Poblado Miguel Alemán
Domicilio

Calle Primero de Junio esquina con Alicia Arellano

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Hermosillo

Localidad Poblado Miguel Alemán Valdez

C.P. 83345

Correo Electrónico efmaleman@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 662-158-0302 Ext.

Teléfono (2): 662-241-2585 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Huatabampo
Domicilio

Calle No Reelección esquina con Constitución y 16 de Septiembre

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Huatabampo

Localidad Huatabampo

C.P. 85900

Correo Electrónico efhuatabampo@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 647-426-0649 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Magdalena
Domicilio

Calle Avenida Obregón y Allende

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Magdalena de Kino

Localidad Magdalena

C.P. 84160

Correo Electrónico efmagdalena@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 632-322-3552 Ext.

Teléfono (2): 632-322-5240 Ext.

Referencias

En Palacio Municipal.

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Moctezuma
Domicilio

Calle Calle Pesqueira

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Moctezuma

Localidad Moctezuma

C.P. 84560

Correo Electrónico efmoctezuma@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 634-243-1037 Ext.

Referencias

Depto. # 2

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Nacozari
Domicilio

Calle Calle Jesús García No. 2

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Nacozari de García

Localidad Nacozari de García

C.P. 84340

Correo Electrónico efnacozari@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 634-342-0587 Ext.

Referencias

Interior de Palacio Municipal

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Navojoa
Domicilio

Calle Avenida Morelos esquina con García Morales

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. #117-A

Municipio Navojoa

Localidad Navojoa

C.P. 85800

Correo Electrónico efnavojoa@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 642-422-4084 Ext.

Teléfono (2): 642-422-0024 Ext.

Referencias

Planta alta

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 09:00 - 13:00 -
Sub Agencia Fiscal Navojoa
Domicilio

Calle Huatabampo y Blvd. Lázaro Cárdenas Plaza Sonora

Colonia Sonora

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Navojoa

Localidad Navojoa

C.P. 85890

Correo Electrónico efsubnavojoa@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 642-421-0057 Ext.

Referencias

Locales 1 y 2

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Nogales
Domicilio

Calle Campillo

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 140

Municipio Nogales

Localidad Nogales

C.P. 84094

Correo Electrónico efnogales@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 631-312-0219 Ext.

Teléfono (2): 631-312-0419 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 09:00 - 13:00 -
Sub Agencia Fiscal Nogales Puerta del Sur
Domicilio

Calle Avenida Calzada Industrial, Nuevo Nogales

Colonia Parque Industrial Nogales

No. Int. Local B-1

No. Ext. 190

Municipio Nogales

Localidad Nogales

C.P. 84094

Correo Electrónico efsubnogales@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 631-320-8042 Ext.

Referencias

Plaza comercial Puerta del Sur.

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Puerto Peñasco
Domicilio

Calle Avenida Luis Encinas y Calle 26

Colonia Ferrocarril Playas

No. Int.

No. Ext. 260

Municipio Puerto Peñasco

Localidad Puerto Peñasco

C.P. 83555

Correo Electrónico efpenasco@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 638-383-1148 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal San Luis Rio Colorado
Domicilio

Calle Avenida Hidalgo entre Cuarta y Quinta

Colonia Comercial

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio San Luis Río Colorado

Localidad San Luis Río Colorado

C.P. 83449

Correo Electrónico efsanluis@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 653-534-1509 Ext.

Teléfono (2): 653-534-2121 Ext.

Teléfono (3): 653-534-1010 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 09:00 - 13:00 -
Agencia Fiscal Sahuaripa
Domicilio

Calle Avenida Rafael V. Meneses esquina calle Miguel Hidalgo

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Sahuaripa

Localidad Sahuaripa

C.P. 85600

Correo Electrónico efsahuaripa@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 634-343-1059 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Sub Agencia Fiscal Santa Ana
Domicilio

Calle Avenida Serna y Zaragoza esquina

Colonia Centro

No. Int. Local 9

No. Ext. S/N

Municipio Santa Ana

Localidad Santa Ana

C.P. 84600

Correo Electrónico efsantaana@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 641-324-3041 Ext.

Teléfono (2): 641-324-3051 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Sub Agencia Vicam
Domicilio

Calle Lazaro Cardenas entre Severiano Puertas y Yaqui

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Cajeme

Localidad Vícam

C.P. 85510

Correo Electrónico efvicam@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 643-438-0048 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Huepac
Domicilio

Calle Morelos esquina con Avenida General Padilla

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Huépac

Localidad Huépac

C.P. 84860

Correo Electrónico efhuepac@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 623-231-5330 Ext.

Teléfono (2): 623-288-0100 Ext.

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Sub Agencia Fiscal Sonoyta
Domicilio

Calle Altar y Paseo del Bosque

Colonia Centro

No. Int. Local 3

No. Ext. S/N

Municipio General Plutarco Elías Calles

Localidad Sonoyta

C.P. 83570

Correo Electrónico efsonoyta@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 651-512-1259 Ext.

Referencias

Plaza Mezquite.

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Agencia Fiscal Ures
Domicilio

Calle Hidalgo y Zaragoza

Colonia Centro

No. Int.

No. Ext. 1

Municipio Ures

Localidad Ures

C.P. 84900

Correo Electrónico efures@haciendasonora.gob.mx

Teléfonos

Teléfono (1): 623-232-0050 Ext.

Teléfono (2): 623-232-0061 Ext.

Referencias

Interior de Palacio Municipal.

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -

Costos

Gratuito

Descripción Gratuito

Notas Gratuito si el aviso de cambio es espontáneo.

Para llevar a cabo el trámite de modificaciones en el Registro Estatal de Contribuyentes de un negocio, las personas físicas o morales deberán presentar el aviso a la Secretaría de Hacienda, por conducto de las Agencias Fiscales y Sub Agencias Fiscales que le correspondan a su domicilio fiscal dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquel en que incurran los cambios en caso de que el trámite se haga de forma presencial, o bien, mediante el envío de la documentación al correo altacontribuyente@haciendasonora.gob.mx

Si el cambio es a requerimiento de la Autoridad Fiscal será sujeto a una sanción por un importe mínimo de 150 a 300 Unidades de Medida y Actualización, a las señaladas en los Artículos 90 fracción XIV y 93 fracción XIII del Código Fiscal del Estado de Sonora.

De 150 a 300 Unidades de Medida y Actualización UMA 2024: $108.57

¿Tiene Vigencia? Si

Tiempo de Vigencia 30 Día(s) Hábiles

Tiempo de Respuesta

Notas Inmediato, si el trámite se realiza directo en Agencias o Subagencias fiscales, siempre y cuando se cumpla con la totalidad de los requisitos.
3 Días hábiles, si el trámite se realiza vía correo electrónico, siempre y cuando se cumpla con la totalidad de los requisitos.

Tiempo de Respuesta 3 Día(s) Hábiles

Afirmativa/Negativa Ficta

¿Aplica? No aplica

Requisitos

1.- Aviso por cambio de domicilio: En caso de que el trámite sea presencial. a) Llenar formulario de uso múltiple debidamente firmado.

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 2 Copia(s)


Notas Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

b) Identificación del contribuyente si es persona física o del representante legal en caso de persona moral.

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 1 Copia(s)


Notas Credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte mexicano o cartilla militar liberada y en el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma o la Clave Única de Registro de Población.
Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

c) Comprobante del nuevo domicilio de fecha reciente.

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 1 Copia(s)


Notas Comprobante de domicilio del contribuyente no mayor a tres meses (recibo de agua, luz, teléfono fijo).
Si el trámite es en línea se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

d) En caso de estar rentando, cuando los comprobantes de domicilio no están a nombre del contribuyente: Contrato de arrendamiento o contrato de comodato.

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

e) Identificación del arrendador o comodante.

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte mexicano o cartilla militar liberada y en el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma o la Clave Única de Registro de Población.
Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

f) Aviso de cambio de domicilio presentado ante el SAT o Constancia de situación fiscal actualizada con el nuevo domicilio.

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

2.- Aviso por cambio de razón o denominación social: En caso de que el trámite sea presencial. a) Llenar formulario de uso múltiple debidamente firmado.

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 2 Copia(s)


Notas Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

b) Identificación del representante legal.

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte mexicano o cartilla militar liberada y en el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma o la Clave Única de Registro de Población.
Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

c) Acta de Asamblea protocolizada donde conste el cambio de razón o denominación social.

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

d) Aviso de cambio de razón o denominación social presentado ante el SAT o Constancia de situación fiscal actualizada.

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

3. – Aviso cambio a correo electrónico En caso de que el trámite sea presencial. a) Llenar formulario de uso múltiple debidamente firmado.

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 2 Copia(s)


Notas Especificar en el formulario el cambio o modificación de correo electrónico

Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

b) Identificación del contribuyente si es persona física o del representante legal en caso de persona moral.

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 1 Copia(s)


Notas Credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte mexicano o cartilla militar liberada y en el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma o la Clave Única de Registro de Población.

Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

4. – Aviso cambio a número telefónico. En caso de que el trámite sea presencial. a) Llenar formulario de uso múltiple debidamente firmado.

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 2 Copia(s)


Notas Especificar en el formulario el cambio de número telefónico.

Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

B) Identificación del contribuyente si es persona física o del representante legal en caso de persona moral.

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 1 Copia(s)


Notas Credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte mexicano o cartilla militar liberada y en el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma o la Clave Única de Registro de Población.

Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

4. – Aviso cambio de representante legal para personas morales En caso de que el trámite sea presencial. a) Llenar formulario de uso múltiple debidamente firmado.

Documento No.1 1 Original(es)

Documento No. 2 2 Copia(s)


Notas Especificar en el formulario el cambio de representante legal.

Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

e) Acta de Asamblea protocolizada donde conste el cambio de representante legal.

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

f) Aviso de cambio de representante legal presentado ante el SAT o Constancia de situación fiscal actualizada.

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

g) Identificación del representante legal.

Documento No.1 1 Copia(s)


Notas Credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte mexicano o cartilla militar liberada y en el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma o la Clave Única de Registro de Población.
Si el trámite es vía correo electrónico se mandará en PDF, un tanto de cada documento.

Comprobantes

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Fundamentos Jurídicos

Código Fiscal del Estado

Capítulo Título II, Capítulo Unico, Titulo IV, Capítulo I

Artículo 33, 34, 36 54 Bis, 90 93

Fracción 90, fracción XIV y 93 fracción XIII CFE

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad ARTÍCULO 33.- Las personas morales, así como las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas o tengan la obligación de pagar, retener o de recaudar impuestos, así como, todas aquellas personas físicas o morales cuyas actividades sean reguladas por leyes administrativas en el Estado, deberán solicitar su inscripción en el Registro Estatal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda, proporcionar la información relacionada con su identidad, su domicilio y en general sobre su situación fiscal, así como su dirección de correo electrónico, mediante los avisos respectivos, dentro de los treinta días siguientes al inicio de sus actividades, salvo que las leyes fiscales señalen otro plazo. Las personas obligadas a presentar su inscripción y demás avisos, lo harán en las oficinas exactoras de su jurisdicción, mismas que podrán prellenar el formato de registro indicado en el portal electrónico de la Secretaría de Hacienda, las que deberán proporcionarles su cédula de registro expedida por la Secretaría de Hacienda, la cual deberá constar en lugar visible del establecimiento y a falta de este conservarse en el domicilio del interesado. Asimismo, las personas a que se refiere este párrafo estarán obligadas a manifestar al Registro Estatal de Contribuyentes su domicilio fiscal; en el caso de cambio de domicilio fiscal, deberán presentar el aviso correspondiente, dentro del mes siguiente al día en que tenga lugar dicho cambio salvo que al contribuyente se le hayan iniciado facultades de comprobación y no se le haya notificado la resolución a que se refiere el artículo 62 Bis de este Código, en cuyo caso deberá presentar el aviso previo a dicho cambio con cinco días de anticipación. La autoridad fiscal podrá considerar como domicilio fiscal del contribuyente aquel en que se verifique alguno de los supuestos establecidos en el artículo 15 de este Código, cuando el manifestado en las solicitudes y avisos a que se refiere este artículo no corresponda a alguno de los supuestos de dicho precepto.

Quedan exceptuados de la obligación de inscribirse los sujetos a que alude el artículo 6 de este Código, sin menoscabo de la obligación de retener o de recaudar contribuciones en los casos que lo dispongan las leyes.

La solicitud o los avisos a que se refiere el primer párrafo de este artículo que se presenten en forma extemporánea, surtirán sus efectos a partir de la fecha en que sean presentados. Las autoridades fiscales podrán verificar la existencia y localización del domicilio fiscal manifestado por el contribuyente en el aviso respectivo.

Los avisos, declaraciones o manifestaciones se harán en las formas oficiales que al efecto se publiquen en el portal electrónico de la Secretaría de Hacienda, pudiendo reproducirse por cualquier interesado, salvo tratándose de formas valoradas, las cuales serán proporcionadas en las oficinas recaudadoras de acuerdo a las disposiciones administrativas de carácter general que establezca dicha Secretaría. A falta de forma publicada, se podrá utilizar formato libre.

Cuando en la solicitud de inscripción al Registro Estatal, o en los avisos correspondientes, se hubiese incurrido en errores u omisiones o empleado de manera equivocada las formas aprobadas, se darán a conocer los datos correctos a las oficinas exactoras respectivas utilizando para tal efecto, las formas oficiales pertinentes, e indicando en ellas que se presentan para “corrección de errores u omisiones”. Con el original de la reposición se devolverá la copia del documento erróneo.

Tratándose de personas físicas o morales cuyas actividades reguladas por leyes administrativas en el Estado y tengan la obligación de efectuar un pago anual, bianual o trianual por conceptos de Derechos en los términos de la Ley de Hacienda del Estado, deberán de solicitar su inscripción en el Registro Estatal de Contribuyentes en los 45 días siguientes al pago efectuado o presentar un aumento de obligaciones fiscales si ya están inscritos; cumplido el plazo la Secretaría de Hacienda podrá realizar su registro de contribuyente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de este Código.

ARTÍCULO 34.- La Secretaría de Hacienda, llevará el Registro Estatal de Contribuyentes basándose en los datos que las personas le proporcionen de conformidad con el artículo 33 de este Código y en los que la propia Secretaría obtenga por cualquier otro medio; asimismo asignará la clave que corresponda a cada persona inscrita, quien deberá citarla en todo documento que presente ante las autoridades fiscales y jurisdiccionales, cuando en este último caso se trate de asuntos en que la Secretaría de Hacienda sea parte.

Así mismo, la Secretaría de Hacienda llevará el Registro Estatal de Contribuyentes, unificando de manera ordenada los registros de contribuciones locales, el Registro Estatal Vehicular; así como, los datos correspondientes a los ingresos federales coordinados.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, la Secretaría de Hacienda deberá contemplar lo dispuesto en los ordenamientos jurídicos que regulan dichos registros, además de las reglamentaciones establecidas en este Código para el Registro Estatal de Contribuyentes, pudiendo obviar requisitos que se repitan entre un ordenamiento y otro, al momento de establecer los trámites de inscripción o modificaciones a los registros citados en el párrafo que antecede.

Las personas que no lleven a cabo actividades de las señaladas en el artículo 33 de este Código, y que se den de alta en el Registro Estatal Vehicular de conformidad con la Ley de Control Vehicular para el Estado de Sonora, no tendrán la obligación de solicitar su inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes, ni a presentar los avisos a que se refiere el mencionado artículo, pero serán incorporadas al Registro Estatal de Contribuyentes por la Secretaría de Hacienda, misma que al momento del trámite de alta al Registro Estatal Vehicular, les asignará la clave señalada en el primer párrafo de este artículo e integrará el Registro Estatal de Contribuyentes únicamente con la información que se deba proporcionar por dichas personas al Registro Estatal Vehicular, actualizando cada movimiento de forma automática conforme se vayan solicitando las modificaciones al citado Registro Estatal Vehicular en términos de las leyes de la materia.

Las autoridades fiscales podrán solicitar a los contribuyentes la información necesaria para su inscripción y actualización de sus datos en el citado Registro Estatal de Contribuyentes e inscribir de oficio a quienes de conformidad con las disposiciones fiscales deban estarlo y no cumplan con esta obligación, sin perjuicio de las sanciones y demás consecuencias legales derivadas de dicha omisión.

No se considera que las autoridades fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación, cuando derivado de lo señalado en el párrafo anterior, soliciten a los particulares los datos, informes y documentos necesarios para corregir o actualizar el Registro Estatal de Contribuyentes o en su caso, inscribirlos de oficio a dicho registro.

ARTÍCULO 36.- Los sujetos pasivos y los responsables solidarios darán aviso a la Secretaría de Hacienda, por conducto de las oficinas exactoras de su jurisdicción, dentro de los treinta días siguientes a aquel en que ocurran los siguientes cambios:

I.- Del domicilio, excepción hecha de quienes solo causen impuestos que deban serretenidos o recaudados;

II.- De razón o denominación social, al que acompañarán copia de la escrituracorrespondiente;

III.- De aumento o disminución de obligaciones, suspensión o reanudación de actividades;

IV.- De traspaso de la negociación, clausura definitiva, liquidación o apertura de sucesión;

V.- De apertura o cierre de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos,lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que seutilice para el desempeño de las actividades del contribuyente; y

VI.- Cancelación en el Registro Estatal de Contribuyentes.

ARTICULO 54 BIS.- Las autoridades fiscales podrán llevar a cabo verificaciones para constatar los datos proporcionado al Registro Estatal de Contribuyentes, relacionados con la identidad, domicilio y demás datos que se hayan manifestado para los efectos de dicho registro, o para constatar que los contribuyentes se encuentran inscritos al registro mencionado, sin que por ello se considere que las autoridades fiscales inician sus facultades de comprobación.

Cuando con motivo de las verificaciones citadas en el párrafo que antecede, la autoridad detecte inconsistencias en los datos proporcionados al Registro Estatal de Contribuyentes, proporcionará al contribuyente las formas oficiales pertinentes para que indique en ellas los datos correctos y se las devuelva en ese mismo acto a la autoridad, a fin de que actualice dicho registro. La autoridad cotejará con la documentación idónea, que sea correcta la información asentada por el contribuyente en dicha forma oficial.

Asimismo, cuando se constate que un contribuyente no se encuentra inscrito al Registro Estatal de Contribuyentes estando obligado a ello, la autoridad lo inscribirá de oficio, observando para ello lo dispuesto en el artículo 34 de este Código.

ARTÍCULO 90.- Son infracciones cuya responsabili¬dad recae sobre los sujetos pasivos:
XIV.- No presentar o no proporcionar, o hacerlo extemporáneamente los avisos, declaraciones, dictámenes, solicitudes, datos, informes, copias, libros o documentos que exijan las disposiciones fiscales. No comprobarlos o aclararlos cuando las autoridades fiscales lo soliciten;

ARTÍCULO 93.- Se impondrá multa por cada infracción de las previstas en los artículos 90, 91 y 92, las cuales serán aplicadas en Unidades de Medida y Actualización, como sigue:

XIII.- De 150 a 300 Unidades de Medida y Actualización, a las señaladas en los artículos 90 fracción XIV, 91 fracciones II y VIII y 92 fracción XV;

Ley de Hacienda del Estado

Capítulo Título II Capítulo VI, Sección Primera

Artículo 220 LHE

Fracción II, III y IV

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad Artículo 220.- Son obligaciones a cargo de los sujetos que realizan los pagos gravados por este impuesto:
II.- Presentar las declaraciones correspondientes para el pago del impuesto así como los demás avisos correspondientes al Registro Estatal de Contribuyentes.

Para efectos del segundo párrafo de la fracción I de este Articulo y de requerir las declaraciones respectivas, en los términos del Código Fiscal del Estado, la Secretaria de Hacienda podrá calcular el Impuesto omitido, multiplicando dos Unidades de Medida y Actualización elevados al mes y los meses a notificar por el número de trabajadores registrados en el Instituto Mexicano del Seguro Social o por los que resulten de las evidencias documentales que recabe.

Para los contribuyentes a que se les aplique la fracción IV del artículo 218 de la presente Ley, deberán presentar a más tardar en el mes de abril del ejercicio fiscal siguiente una sola declaración, en la cual se detallen las erogaciones realizadas por remuneraciones durante el ejercicio fiscal de aplicación.

Así mismo, la autoridad podrá realizar la baja de oficio a los contribuyentes inactivos cuando tenga a su disposición información o documentos que lo acrediten de conformidad con las disposiciones fiscales que la Secretaría de Hacienda emita.

III.- Tratándose de personas físicas o morales cuya matriz y sucursales se encuentren en el territorio del Estado, deberán presentar una sola declaración en la oficina recaudadora o institución autorizada al efecto, correspondiente al domicilio de la matriz. En dicha declaración deberán incluirse las erogaciones en forma desglosada tanto de la matriz como de las sucursales o dependencias.

Se considerará como matriz o principal asiento del negocio, a la sucursal ubicada dentro del territorio del Estado cuya matriz se localiza fuera de él, debiendo dicha sucursal mantener a disposición de las autoridades en un término de 15 días siguientes de haberse efectuado el pago, copia de la declaración presentada por la oficina matriz en la cual enteró el impuesto por cuenta de ella, así como cumplir con todas las obligaciones previstas por esta Ley y demás disposiciones fiscales.

Tratándose del establecimiento de varias sucursales de una misma empresa, en el territorio del Estado, la primera en establecerse se inscribirá en el Registro Estatal de Contribuyentes debiendo las restantes presentar ante la oficina recaudadora correspondiente, únicamente el aviso de apertura del establecimiento y acompañar copia del aviso de inscripción de la empresa matriz que efectuará los pagos a cuenta de ella.

Los contribuyentes que cuenten con varias sucursales en el Estado y que por cuestiones contables deban pagar el impuesto por cada sucursal, deberán obtener autorización por escrito de la Secretaría de Hacienda para tales efectos, a la cual se le denominará Oficina Administrativa. En este caso no podrán ser beneficiarios de lo establecido en el artículo 218-Bis-2 de esta Ley.

IV.- Los contribuyentes que dejen de causar este impuesto, presentarán ante la oficina recaudadora que corresponda o mediante el portal implementado por la Secretaría, la declaración correspondiente sin impuesto a cargo, acompañada por la constancia de baja del trabajador presentada ante el Seguro Social, anotando “0” (cero) en el renglón o renglones de dicha declaración que correspondan a este impuesto. Cuando el periodo de no causación por alta de trabajadores excede de 6 meses deberá presentar el aviso de disminución o suspensión de obligaciones fiscales.

En el supuesto de presentación de la declaración mediante el portal de la Secretaría, deberá de subir el archivo electrónico de la constancia de baja del trabajador, misma que será validada por la oficina recaudadora ante las autoridades correspondientes.

Inspección y Verificación

Constatar los datos proporcionados al Registro Estatal de Contribuyentes, relacionados con la identidad, domicilio y demás datos que se hayan manifestado para los efectos de dicho trámite de cambio.
Inspector o Verificador

Nombre Lic. Marina Yvonne Piña Miranda

Correo Electrónico altacontribuyente@haciendasonora.gob.mx

Teléfono 662-108-4000 Ext. 4287

Referencias

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -
Documentación a conservar

Para fines de acreditación, inspección o verificación del trámite o servicio. Formulario de Uso Múltiple con sello y firma del Agente Fiscal e impresión del detalle generado del sistema si el trámite es presencial o impresión del detalle generado del sistema enviado vía correo electrónico, el cual contiene la información del contribuyente con las modificaciones.

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