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Invitación a licitación simplificada
El licitante invitado debe presentarse en las oficinas de la Dirección de Licitaciones para recibir su invitación, y entregar original de escrito donde manifieste su decisión; ya sea que decida participar o no.
Información General
Nombre Ciudadano Licitación simplificada
Modalidades Presencial Por escrito
Tiempo de Respuesta 30 Minuto(s)
Folio SON-SIDUR-76-0145-AC
Publicación 2024-03-22 15:27:02
Nivel Estatal
Clasificación Trámite
Tipo Personal
Sector Servicios Gubernamentales
Dependencia / Entidad Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano
Unidad Administrativa Dirección General de Costos, Licitaciones y Contratos
Carta compromiso al Ciudadano Descargar
Información de Contacto
Nombre Ing. Jesús Irene Aello González
Correo Electrónico irene.aello@sidur.gob.mx
Teléfono (1): 662-108-1900 Ext. 60091
Palabras clave
Domicilios
Dirección de Costos, Licitaciones y Contratos SIDUR
Domicilio
Calle Blvd. Miguel Hidalgo y Comonfort
Colonia Centenario
No. Int. S/N
No. Ext. 35
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
C.P. 83260
Correo Electrónico contacto@sidur.gob.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-108-1900 Ext. 60000
Referencias
Edificio SIDUR, frente a Plaza Zaragoza 2o. piso
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Costos
Gratuito
Descripción Gratuito
¿Tiene Vigencia? No
Tiempo de Respuesta
Tiempo de Respuesta 30 Minuto(s)
Afirmativa/Negativa Ficta
¿Aplica? No aplica
Requisitos
Ser invitado para participar en una licitación simplificada y aceptar dicha invitación
Documento No.1 1 Original(es)
Comprobantes
No se genera comprobante
Fundamentos Jurídicos
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Sonora.
Capítulo II
Artículo 56
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad En los supuestos que se prevén en el presente capítulo, las dependencias y entidades podrán celebrar contratos de obra pública o servicios sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través del procedimiento de licitación simplificada, considerando por lo menos tres propuestas susceptibles de analizarse sin que se afecten los principios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, que aseguren las mejores condiciones para el Estado o los ayuntamientos.
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Sonora.
Capítulo II
Artículo 57
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad
Cuando la Dependencia o Entidad que proyecte realizar obras cuyo monto individual no exceda el equivalente de 25,000 unidades de medida y actualización, o servicios cuyo monto individual no exceda el equivalente a 10,000 unidades de medida y actualización, podrá opcionalmente omitir el procedimiento de licitación pública y elegir del registro simplificado de licitantes, a través del procedimiento de licitación simplificada, al contratista que cuente con la clasificación por especialidad, reúna la capacidad técnica y económica que se requiera para este tipo de obras o servicios, y presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo dentro de las que se hayan considerado como solventes.
El reglamento de la presente ley establecerá los requisitos y términos de la invitación a los licitantes.
La convocante, previa evaluación de las propuestas presentadas, adjudicará el contrato al licitante que presente una proposición solvente, que satisfaga la totalidad de los requerimientos solicitados y sea la del precio más bajo, observando el orden de prelación previsto en el artículo 51 de esta ley.
En caso de que habiéndose hecho la invitación no se hubiese presentado proposición alguna o ninguna de éstas sea solvente por no reunir los requisitos establecidos en las bases, o técnica y económicamente resulten inviables, la convocante procederá a declarar desierta la licitación y elegirá una nueva terna del Registro Simplificado de Licitantes de Obras Públicas y Servicios a fin de emitir las invitaciones correspondientes para llevar a cabo un nuevo procedimiento bajo esta modalidad.
Si de nuevo no hubiese propuestas o se declara desierto este procedimiento, se procederá a la asignación libre y directa del contrato por la Dependencia o Entidad ejecutora.
En el procedimiento de licitación simplificada a que se refiere este capítulo, serán aplicables en lo conducente las disposiciones establecidas para el procedimiento de licitación pública a que se refiere el capítulo I del presente título.
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Sonora.
Capítulo II
Artículo 58
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad Para le selección de licitantes del registro simplificado que se refiere esta ley, se tomará en cuenta la clasificación del contratista, a fin de que se realice preferentemente por aquéllos de la región donde vaya a ejecutarse la obra o servicio y que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, así como con los recursos técnicos, de especialidad, financieros y demás que sean necesarios, de acuerdo con las características, complejidad y magnitud de los trabajos a ejecutar.