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Alta, baja o modificación de CLUES para establecimientos de salud


Todo establecimiento de salud, sea público o privado, deberá contar con una CLUES (Clave Única de Establecimientos de Salud) asignada por la Secretaría de Salud Federal, y será la clave que identifica al establecimiento dentro del territorio nacional. El uso de esta clave se hace fundamental no sólo para conocer el inventario de establecimientos con los que cuenta el sector salud a nivel nacional, sino también, porque a partir de ella, se podrá vincular la información del establecimiento con los diferentes subsistemas de información.


Información General

Nombre Ciudadano Alta, baja o modificación de CLUES

Modalidades Presencial Por escrito Vía telefónica

Tiempo de Respuesta 15 Día(s) Hábiles


Folio SON-SSP-79-0708-ACE

Publicación 2023-04-04 10:51:50


Nivel Estatal

Clasificación Trámite

Tipo Personal

Sector Salud


Dependencia / Entidad Secretaría de Salud Pública

Unidad Administrativa Dirección General de Planeación y Desarrollo

Información de Contacto

Nombre Mtro. José Edrei Acuña García

Correo Electrónico cluessonora@hotmail.com

Más detalles Ir al sitio


Teléfono (1): 662-319-4114 Ext.

Requisitos
Presentar mediante Escrito libre
Formato del requisito No tiene formato
¿Cuáles son los Criterios de Resolución?
Lineamientos para la asignación, actualización, difusión y uso de la clave única de establecimientos de salud.
¿En qué casos se realiza el trámite o servicio?
Al iniciar operaciones una nueva unidad de salud, al dejar de operar o al haber alguna modificación en la información, ya sea en su estructura, horarios de atención, servicios prestados o cambio de responsables sanitarios.
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
Realizar solicitud mediante oficio dirigido ala Dirección General de Planeación y Desarrollo de la Secretaría de Salud Pública, justificando el motivo del alta (anexar Licencia Sanitaria /Aviso de Funcionamiento, fotografía actualizada interior y exterior, coordenadas geográficas (latitud y longitud) en formato decimal, plano arquitectónico), baja o modificación de las CLUES y anexando formato de solicitud debidamente llenado.
¿Personalidad jurídica?
Persona física

Palabras clave Clues Alta de CLUES Baja de CLUES Modificación de CLUES Clave Única de Establecimientos de Salud Establecimiento de salud

Domicilios

Oficinas Centrales de los Secretaría de Salud Publica
Domicilio

Calle Calzada de los Ángeles y Calle Miro Abella

Colonia Las Quintas

No. Int.

No. Ext. S/N

Municipio Hermosillo

Localidad Hermosillo

C.P. 83249

Correo Electrónico cluessonora@hotmail.com

Teléfonos

Teléfono (1): 662-319-4115 Ext.

Referencias

Enseguida de oficinas de INE y frente a CONALEP

Horarios

Instrucciones

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo
08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 08:00 - 15:00 - -

Costos

Gratuito

Descripción Gratuito

¿Tiene Vigencia? No

Tiempo de Respuesta

Tiempo de Respuesta 15 Día(s) Hábiles

Afirmativa/Negativa Ficta

¿Aplica? No aplica

Requisitos

Realizar solicitud mediante oficio y correo electrónico dirigido a la Dirección General de Planeación y Desarrollo de los Servicios de Salud de Sonora, justificando el motivo de la alta, baja o modificación.

Documento No.1 1 Copia(s)

Plantilla de Información de CLUES.

Documento No.1 1 Copia(s)

Plano Arquitectónico.

Documento No.1 1 Copia(s)

Fotografía exterior e interior.

Documento No.1 1 Copia(s)

Licencia Sanitaria y/o Aviso de Funcionamiento.

Documento No.1 1 Copia(s)

Comprobantes

Descargar Respuesta a solicitud alta de Clues

Fundamentos Jurídicos

Ley General de Salud

Capítulo I

Artículo

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad El Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación de acciones, y tiene por objeto dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud.

Ley General de Salud

Capítulo I

Artículo

Fracción

Párrafo

Numeral

Inciso


Cita textual de la normatividad La coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la Secretaría de Salud, correspondiéndole a ésta:
I. Establecer y conducir la política nacional en materia de salud, en los términos de las Leyes aplicables y de conformidad con lo dispuesto por el Ejecutivo Federal;

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