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Registro de Colegios de Profesionistas
El presente trámite tiene como objetivo que los(as) profesionistas de una misma rama profesional o especialidad, se encuentren debidamente constituidos como una asociación civil, ya sea entre sí, o con los de ramas afines, con propósitos culturales, sociales y de salvaguarda, o representación de sus intereses comunes. Una vez reunidos los requisitos establecidos en la Ley de Profesiones del Estado de Sonora, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, obtengan el carácter de “Colegio”.
Información General
Nombre Ciudadano Registro de colegios
Modalidades Presencial Por escrito
Tiempo de Respuesta 30 Día(s) Naturales
Folio SON-SEC-73-0647-AC
Publicación 2024-05-08 15:39:56
Nivel Estatal
Clasificación Trámite
Tipo Personal
Sector Educación
Dependencia / Entidad Secretaría de Educación y Cultura
Unidad Administrativa Coordinación General de Registro, Certificación y Servicios a Profesionistas
Información de Contacto
Nombre Lic. Juan Fernando Moya Díaz
Correo Electrónico moyadiaz.juan@sonora.edu.mx
Más detalles Ir al sitio
Teléfono (1): 662-289-7600 Ext. 5201
El responsable proporciona información a las Asociaciones de Profesionistas, se recibe documentación y recibo de pago por parte de la Asociación solicitante.
Observaciones El servicio se está prestando mediante citas y deberá enviar al siguiente correo electrónico su solicitud: moyadiaz.juan@sonora.edu.mx
Palabras clave
Domicilios
SEC Centro
Domicilio
Calle Guerrero
Colonia Centro
No. Int.
No. Ext. 39
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
C.P. 83000
Correo Electrónico moyadiaz.juan@sonora.edu.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-289-7600 Ext. 5201
Referencias
Antiguo Cuartel Militar
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Costos
$10,508.00 MXN
Descripción 43120500024 Registro de Colegios de Profesionista
¿Tiene Vigencia? No
Tiempo de Respuesta
Tiempo de Respuesta 30 Día(s) Naturales
Afirmativa/Negativa Ficta
¿Aplica? No aplica
Requisitos
1.- De acuerdo con el Artículo 27 de la Ley de Profesiones del Estado de Sonora, las Asociaciones de Profesionistas que soliciten su registro como Colegio ante la Secretaría, deberán tener un mínimo de cincuenta asociados residentes en el Estado, con Cédula Profesional e inscritos ante la Secretaría, y que no estén inscritos en otro Colegio registrado de la misma rama profesional.
Documento No.1 3 Original(es)
Documento No. 2 3 Copia(s)
2.- En el caso de aquellas profesiones que tengan registrado un número menor a cincuenta Profesionistas ante la Secretaría y sean residentes en el Estado, para la constitución de un Colegio deberá contar con un mínimo de diez profesionistas.
Documento No.1 3 Original(es)
Documento No. 2 3 Copia(s)
3.- Exhibir los siguientes documentos: a).- Solicitud debidamente llenada con la información completa (Forma DCP1).
Documento No.1 3 Original(es)
Documento No. 2 3 Copia(s)
b).- Testimonio de la escritura pública de protocolización del Acta Constitutiva y de los demás estatutos que la rijan.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
c).- Un directorio de sus miembros, que incluya firma de adhesión y copia de la Cédula Profesional de cada uno de ellos (Forma DCP2).
Documento No.1 3 Original(es)
Documento No. 2 3 Copia(s)
d).- Relación de asociados que integran el Consejo Directivo (Forma DCP3).
Documento No.1 3 Original(es)
Documento No. 2 3 Copia(s)
4.- Pago de derechos.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 3 Copia(s)
Comprobantes
Descargar Resolución de Registro
Se deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio.
Descargar Constancia de Registro
Se deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio.
Lugares de Pago
Agencia Fiscal
Domicilio
Calle Av. Paseo de la Cultura y Comonfort
No. Interior
No. Interior S/N
Colonia Vado del Río
Código Postal 83280
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
Correo Electrónico efhermosillo@haciendasonora.gob.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-212-2543 Ext.
Referencias
Centro de Gobierno
Horarios
Instrucciones
Para pagar en banco debe ingresar a este link para descargar el pase de caja:
https://hacienda.sonora.gob.mx/personas/secretaria-de-educacion-y-cultura/
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Formas de Pago
-
Efectivo
-
Tarjeta de crédito / débito
-
Cheque
Bancomer
Referencia Bancaria 43120500024
Fundamentos Jurídicos
Ley de Profesiones del Estado de Sonora
Capítulo VII
Artículo 23 y 27
Fracción X
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad
Los profesionistas de una misma rama o especialidad tendrán plena libertad de asociarse, ya sea entre sí o con las ramas afines; con propósitos culturales, sociales y de salvaguarda o representación de sus intereses comunes: sin embargo, para que esas asociaciones tengan el carácter de “Colegio”, para los efectos de esta Ley. Deberán satisfacer los requisitos de observar lo dispuesto en la materia por este ordenamiento, su reglamento y demás disposiciones aplicables.
Las asociaciones de profesionistas que soliciten su registro como colegios ante la Secretaría, deberán reunir los siguientes requisitos:
Con fundamento en lo establecido en el artículo 27 de la Ley de Profesiones del Estado de Sonora, las asociaciones de profesionistas que soliciten su registro como colegios, ante la Secretaría, deberán reunir los siguientes requisitos:
I.- Tener un mínimo de cincuenta asociados residentes en el Estado, con cédula profesional e inscritos ante la Secretaría y que no estén inscritos en otro colegio registrado de la misma rama profesional.
En el caso de aquellas profesiones que tengan registrado un número menor a cincuentas profesionistas ante la Secretaría y sean residentes en el Estado, para la constitución de un colegio deberá contar con un mínimo de diez profesionistas, y
II. Exhibir los siguientes documentos:
a) Testimonio de la escritura pública de protocolización de acta constitutiva y de los demás estatutos que la rijan:
b) Un directorio de sus miembros, que incluya firma de adhesión y copia de la cédula profesional de cada uno de ellos; y
c) Relación de asociados que integran el Consejo Directivo.
Reglamento de la Ley de Profesiones del Estado de Sonora
Capítulo VI
Artículo 39
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad Para constituir y obtener el registro de Colegios de Profesionistas a que se refieren los artículos 23 y 27 de la ley, se necesita autorización de la Secretaría a través de la Coordinación; al efecto se presentará ante la misma solicitud que satisfaga los requisitos que exige la Ley.
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación y Cultura del Estado de Sonora
Capítulo VII
Artículo 37
Fracción V
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad La Coordinación General de Registro, Certificación y Servicios a Profesionistas será un órgano administrativo Desconcentrado, que estará adscrita al Titular de la Secretaría y tendrá las siguientes atribuciones: V.- Coordinar el registro de colegios de profesionistas, así como la integración y actualización permanente del padrón de profesiones; profesionistas y organismos de profesionistas, establecidos en el Estado;