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Expedición de cintillo cinegético
Trámite que consiste en adquirir un cintillo con folio, utilizado como marcaje en el animal, para poder demostrar la legal procedencia de la pieza o trofeo en la práctica de caza deportiva: (borrego cimarrón, venado bura, venado cola blanca, jabalí de collar, pequeños mamíferos, depredadores, palomas alas blancas, paloma huilota, codornices, patos y cercetas, gansos, brantas, faisán de collar, guajolote silvestre).
Información General
Nombre Ciudadano Cintillo cinegético
Modalidades Presencial Ventanilla
Tiempo de Respuesta 5 Día(s) Hábiles
Folio SON-SAGARHPA-82-0451-AF
Publicación 2024-03-06 14:46:20
Nivel Estatal
Clasificación Trámite
Tipo Personal
Sector Ganadería
Dependencia / Entidad Secretaría de Agricultura, Ganadería, Recursos Hidráulicos, Pesca y Acuacultura
Unidad Administrativa Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre
Información de Contacto
Nombre Biól. Isabel Espinoza Valenzuela
Correo Electrónico isabel.espinoza@sonora.gob.mx
Más detalles Ir al sitio
Teléfono (1): 662-217-0715 Ext. 154
2. El cintillo de cobro cinegético se expedirá a los promoventes que presenten la documentación requerida en el manual.
3. Se entregará el cintillo de cobro cinegético en ventanilla de cintillos de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre en las fechas previstas en el manual.
Palabras clave
Domicilios
Centro de Gobierno
Domicilio
Calle Comonfort y Avenida de la Cultura
Colonia Villa de Seris
No. Int. s/n
No. Ext. s/n
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
C.P. 83280
Correo Electrónico vidasilvestre@sonora.gob.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-217-0715 Ext. 160
Referencias
Centro de Gobierno, Edificio Sonora, Ala Sur, 2do. nivel
Horarios
Instrucciones En la temporada hábil de cacería, los horarios para entrega de cintillos serán: Ingreso de solicitud de 8:30 a 12:00 horas y la entrega de 12:30 a 14:00 horas.
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:30 - 14:30 | 08:30 - 14:30 | 08:30 - 14:30 | 08:30 - 14:30 | 08:30 - 14:30 | - | - |
Costos
$407.00 MXN
Descripción Expedición de cintillo cinegético
Notas La vigencia viene impresa en el cintillo de acuerdo a la época hábil de la especie.
¿Tiene Vigencia? Si
Tiempo de Vigencia 9 Mes(es)
$2,610.00 MXN
Descripción Cuota de conservación: Borrego cimarrón.
Notas Adicional al costo del cintillo de cobro cinegético para borrego cimarrón se pagará la cuota de conservación. La vigencia viene impresa en el cintillo de acuerdo a la época hábil de la especie.
¿Tiene Vigencia? Si
Tiempo de Vigencia 9 Mes(es)
$1,610.00 MXN
Descripción Cuota de conservación: Venado bura.
Notas Adicional al costo del cintillo de cobro cinegético para venado bura se pagará la cuota de conservación. La vigencia viene impresa en el cintillo de acuerdo a la época hábil de la especie.
¿Tiene Vigencia? Si
Tiempo de Vigencia 9 Mes(es)
$610.00 MXN
Descripción Cuota de conservación: Venado cola blanca.
Notas Adicional al costo del cintillo de cobro cinegético para venado cola blanca se pagará la cuota de conservación. La vigencia viene impresa en el cintillo de acuerdo a la época hábil de la especie.
¿Tiene Vigencia? Si
Tiempo de Vigencia 9 Mes(es)
$260.00 MXN
Descripción Cuota de conservación: Pequeños mamíferos, aves y exóticos.
Notas Adicional al costo del cintillo de cobro cinegético para pequeños mamíferos y/o aves y/o exóticos se pagará la cuota de conservación. La vigencia viene impresa en el cintillo de acuerdo a la época hábil de la especie.
¿Tiene Vigencia? Si
Tiempo de Vigencia 9 Mes(es)
Tiempo de Respuesta
Tiempo de Respuesta 5 Día(s) Hábiles
Afirmativa/Negativa Ficta
¿Aplica? Afirmativa
Tiempo de Respuesta 1 Día(s) Hábiles
Tiempo Máximo de Respuesta 0 Minuto(s) Hábiles
Descripción de afirmativa o negativa ficta En caso de vencer la resolución, se aplica la afirmativa ficta.
Requisitos
1.Formato de solicitud de cintillo de cobro cinegético.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
2.Autorización de aprovechamiento extractivo cinegético, emitida por la misma Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
3.Recibo de pago de derechos, efectuado en la Agencia Fiscal del Estado.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
Comprobantes
Descargar Expedición de cintillo de aprovechamiento
Se deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio.
Lugares de Pago
Agencia Fiscal Centro de Gobierno
Domicilio
Calle Comonfort y Avenida de la Cultura
No. Interior s/n
No. Interior s/n
Colonia Villa de Seris
Código Postal 83078
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
Correo Electrónico efhermosillo@hacienda.sonora.gob.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-217-1732 Ext.
Referencias
Centro de Gobierno, Edificio Sonora ala Sur, planta baja.
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Formas de Pago
-
Efectivo
-
Tarjeta de crédito / débito
Sub Agencia Fiscal CUM
Domicilio
Calle Av. Perimetral Norte
No. Interior s/n
No. Interior 731
Colonia Álvaro Obregón
Código Postal 83170
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
Correo Electrónico efcum@haciendasonora.gob.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-236-6433 Ext.
Referencias
CUM (Centro de Usos Múltiples).
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Formas de Pago
-
Efectivo
-
Tarjeta de crédito / débito
Sub Agencia Fiscal Parque Industrial
Domicilio
Calle Carretera La Colorada Km 3.5
No. Interior s/n
No. Interior L28
Colonia Parque Industrial
Código Postal 83294
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
Correo Electrónico efindustrial@haciendasonora.gob.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-251-0474 Ext.
Referencias
Plaza Futura, Parque Industrial, Carretera La Colorada Km 3.5
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Formas de Pago
-
Efectivo
-
Tarjeta de crédito / débito
Fundamentos Jurídicos
Ley General de Vida Silvestre
Capítulo I
Artículo 3
Fracción XXXII
Párrafo NA
Numeral NA
Inciso
Cita textual de la normatividad Para los efectos de esta Ley se entenderá por: XXXII. Marca: El método de identificación, aprobado por la autoridad competente, que conforme a lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, puede demostrar la legal procedencia de ejemplares, partes o derivados.
Ley General de Vida Silvestre
Capítulo VIII
Artículo 40
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso i
Cita textual de la normatividad
Para registrar los predios como unidades de manejo para la conservación de vida silvestre, la Secretaría integrará, de conformidad con lo establecido en el reglamento, un expediente con los datos generales, los títulos que acrediten la propiedad o legítima posesión del promovente sobre los predios; la ubicación geográfica, superficie y colindancias de los mismos; y un plan de manejo.
El plan de manejo deberá contener: i) En su caso, los medios y formas de aprovechamiento y el sistema de marca para identificar los ejemplares, partes y derivados que sean aprovechados de manera sustentable.
Ley General de Vida Silvestre
Capítulo X
Artículo 51
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad La legal procedencia de ejemplares de la vida silvestre que se encuentran fuera de su hábitat natural, así como de sus partes y derivados, se demostrará, de conformidad con lo establecido en el reglamento, con la marca que muestre que han sido objeto de un aprovechamiento sustentable y la tasa de aprovechamiento autorizada, o la nota de remisión o factura correspondiente.
Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y sus Anexos 1, 5, 8, 15 19, 26 y 27
Capítulo
Artículo 7.14
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad
Para los efectos de los artículos 194-F, 194-F-1 y 194-G de la LFD, el pago de los derechos
por los servicios de vida silvestre, así como por los estudios de flora y fauna silvestre se
realizará ante las oficinas recaudadoras de las entidades federativas o ante instituciones
bancarias autorizadas por las autoridades fiscales de las entidades federativas, cuando las
entidades federativas tengan firmado con la Secretaría el Anexo 16 al Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal. Dichas entidades federativas se
encuentran relacionadas en el Anexo 12.
Los pagos a que se refiere el párrafo anterior, también se podrán realizar ante las oficinas
recaudadoras de los municipios, cuando así lo acuerden expresamente y se publique el
convenio de cada municipio en el órgano de difusión oficial del estado.
LFD 194-F, 194-F-1, 194-G
Anexo 19: LFD Artículo 194-F-1 III...$407