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Dictámen de solicitud sobre esperanza de vida útil de la población de Sonora.
La información con que se cuenta es la socio-demográfica, cuyos usuarios son principalmente los Juzgados de Primera Instancia de los ramos penal y civil, representantes legales y particulares. Las personas solicitantes del servicio deberán acudir a la Secretaría Técnica del Consejo Estatal de Población y presentar la solicitud por oficio en el caso de los juzgados y por escrito en el caso de personas particulares donde deberá especificar la información requerida, así como el uso que se le dará. El Consejo Estatal de Población produce o localiza la información a nivel nacional, estatal, municipal o regional.
Información General
Nombre Ciudadano Esperanza de vida
Modalidades Presencial Por escrito
Tiempo de Respuesta 3 Día(s) Hábiles
Folio SON-SG-74-0040-AC
Publicación 2023-02-10 14:35:18
Nivel Estatal
Clasificación Servicio
Tipo Personal
Sector Servicios Gubernamentales
Dependencia / Entidad Secretaría de Gobierno
Unidad Administrativa Consejo Estatal de Población
Información de Contacto
Nombre L.E. Adriana Olivia Pérez Sepúlveda
Correo Electrónico coespo@sonora.gob.mx
Más detalles Ir al sitio
Teléfono (1): 662-213-6846 Ext.
En el caso de particulares presentar solicitud por escrito.
Palabras clave
Domicilios
Centro de Gobierno
Domicilio
Calle Comonfort
Colonia Villa de Seris
No. Int.
No. Ext. s/n
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
C.P. 83260
Correo Electrónico coespo@sonora.gob.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-213-6846 Ext.
Referencias
Edificio Sonora, segundo nivel, ala norte.
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Costos
Gratuito
Descripción Gratuito
¿Tiene Vigencia? No
Tiempo de Respuesta
Tiempo de Respuesta 3 Día(s) Hábiles
Afirmativa/Negativa Ficta
¿Aplica? No aplica
Requisitos
Solicitar por escrito.
Documento No.1 1 Original(es)
Comprobantes
Descargar Ejemplo de la información contenida en una Esperanza de Vida.
Fundamentos Jurídicos
Decreto de creación del Consejo Estatal de Población.
Capítulo
Artículo 5
Fracción I, VII, VIII, IX
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad
I.- Incorporar a la población a los planes de desarrollo socioeconómico del Estado y vincular a éstos con las necesidades que plantean los fenómenos demográficos a nivel nacional, regional, local y municipal.
VII.- Concertar acciones conjuntas con los sectores social y privado en favor de programas prioritarios en materia de población.
VIII.- Recopilar, clasifcar y jerarquizar información.
IX.- Elaborar y difundir programas de información y orientación públicos, así como establecer las bases para la participación y colaboración en los mismos de otras personas y organismos.
Decreto de creación del Consejo Estatal de Población.
Capítulo
Artículo 8
Fracción IV
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad Promover y coordinar las investigaciones sobre temas demográficos con instituciones de educación superior, centros de investigación locales y con otros organismos o asociaciones interesadas en la materia.