Actualmente estamos en proceso de migración al nuevo Portal Sonora. Por el momento este sitio web esta en modo "Histórico" mientras terminamos el proceso. Para ir al nuevo sitio web, haz clic aquí
Permiso para cosecha de camarón
Permiso para cosechar camarón que deben solicitar los permisionarios para acuicultura comercial, de fomento y didáctica.
Información General
Nombre Ciudadano Permiso para cosecha de camarón
Modalidades Presencial Por escrito Ventanilla
Tiempo de Respuesta 25 Día(s) Hábiles
Folio SON-SAGARHPA-82-0339-ACF
Publicación 2023-02-09 12:39:01
Nivel Estatal
Clasificación Trámite
Tipo Empresarial
Sector Acuicultura
Dependencia / Entidad Secretaría de Agricultura, Ganadería, Recursos Hidráulicos, Pesca y Acuacultura
Unidad Administrativa Dirección General de Pesca y Acuacultura
Información de Contacto
Nombre Biól. Natalia Ivoneli Blancas Gallangos
Correo Electrónico natalia.blancas@sonora.gob.mx
Más detalles Ir al sitio
Teléfono (1): 662-213-1165 Ext.
2. Se informa al solicitante los requisitos y solicitud para cumplir con el trámite.
3. El solicitante deberá remitir la información a la Dirección General de Pesca y Acuacultura.
4. Una vez llenada la documentación se envía el permiso solicitado.
Palabras clave
Domicilios
Centro de Gobierno
Domicilio
Calle Comonfort y Avenida de la Cultura
Colonia Villa de Seris
No. Int. s/n
No. Ext. s/n
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
C.P. 83280
Correo Electrónico normatividadpesquera@sonora.gob.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-213-1165 Ext.
Referencias
Centro de Gobierno, Edificio Sonora, Ala Sur, 2do. nivel
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Costos
Gratuito
Descripción Gratuito
Notas Máximo 30 dias hábiles.
¿Tiene Vigencia? Si
Tiempo de Vigencia 30 Día(s) Hábiles
Tiempo de Respuesta
Tiempo de Respuesta 25 Día(s) Hábiles
Afirmativa/Negativa Ficta
¿Aplica? Negativa
Tiempo de Respuesta 25 Día(s) Hábiles
Tiempo Máximo de Respuesta 0 Minuto(s) Hábiles
Descripción de afirmativa o negativa ficta En caso de que la Secretaría omita dar a conocer al interesado la resolución de su solicitud, se entenderá que el permiso se ha negado
Requisitos
Solicitud de Permiso para Cosecha de Camarón (según formato que se sugiere) en la que se hará constar y se acompañará: 1.- Nombre o razón social del permisionario.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
Notas Presentar la solicitud quince días antes de realizar la cosecha o precosecha del camarón.
2.- Número del permiso de siembra.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
3.- Nombre del representante legal y en caso de ser diferente al manifestado en la solicitud de permiso de siembra, la documentación que lo acredite como tal.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
Notas INE, Licencia de Conducir, Cédula Profesional, acta de nacimiento o en su caso carta de naturalización.
Tratándose de personas morales, la denominación o razón social de ésta, acta constitutiva y, en su caso, sus reformas, así como el nombre, firma e identificación oficial de su representante legal y el documento que acredite su personalidad;
4.- Tipo de cosecha.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
5.- Técnica de cosecha.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
6.- Periodo de precosecha o cosecha.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
7.- Volúmenes de precosecha o cosecha.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
8.- Motivo de la cosecha (Talla, precio, sabio y enfermedad).
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
9.- En caso de enfermedad, especificar el tipo de ésta, el porcentaje de mortalidad, el tratamiento que utilizó para combatirla y la duración del mismo;
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
10.- Destino de la cosecha.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
11.- Croquis indicando el número de estanques o jaulas, sus dimensiones y su distribución dentro de la granja.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
12.- Volumen aproximado a cosechar en casa estanque o jaula.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
13.- Programa calendarizado de la cosecha.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
14.- Constancia del Comité de Sanidad que avale al permisionario para realizar la cosecha.
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
Comprobantes
Descargar Permiso de cosecha de camarón
Se deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio.
Fundamentos Jurídicos
Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora
Capítulo III
Artículo 73
Fracción I-XIV
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad
El permisionario de la siembra, quince días antes de las actividades de precosecha o cosecha del camarón, deberá solicitar ante la Secretaría el permiso de cosecha respectivo, que contendrá la información y documentación siguientes:
I.- Nombre o razón social del permisionario;
II.- Número de permiso de siembra;
III.- Nombre del representante legal y, en el supuesto de ser diferente al manifestado en la solicitud de permiso de siembra, la documentación que lo acredite como tal;
IV.- Tipo de cosecha;
V.- Técnica de cosecha;
VI.- Periodo de precosecha o cosecha;
VII.- Volúmenes de precosecha o de cosecha;
VIII.- Motivo de la cosecha, talla, precio, biomasa y enfermedad;
IX.- En caso de enfermedad, especificar el tipo de ésta, el porcentaje de mortalidad, el tratamiento que se utilizó para combatirla y la duración del mismo;
X.- Destino de la cosecha;
XI.- Croquis indicando el número de estanques o jaulas, sus dimensiones y su distribución dentro de la granja;
XII.- Volumen aproximado a cosechar en cada estanque o jaula;
XIII.- Programa calendarizado de la cosecha; y
XIV.- Constancia del Comité de Sanidad que avale al permisionario para realizar la cosecha.
Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora
Capítulo III
Artículo 75
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad La Secretaría podrá otorgar permisos de cosecha extemporáneos previo análisis de las solicitudes que realice en cada caso, y siempre que el otorgamiento no represente riesgo sanitario alguno.
Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora
Capítulo III
Artículo 63
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad
Los permisionarios para la acuicultura comercial, de fomento y didáctica podrán sembrar y cosechar en sus granjas o establecimientos acuícolas especies de recursos pesqueros o acuícolas sin requerir de permiso de la Secretaría. Se exceptúan de lo anterior la siembra y la cosecha del camarón, para las que los acuicultores interesados deberán presentar ante la misma la solicitud de permiso correspondiente, en los términos establecidos en esta Sección.
Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora
Capítulo I
Artículo 28
Fracción II
Párrafo
Numeral
Inciso e)
Cita textual de la normatividad
Se requiere permiso para la realización de las siguientes actividades:
I.- Pesca:
a) Comercial
b) De fomento;
c) Didáctica; y
d) Deportivo-recreativa; y
II.- Acuicultura:
a) Comercial;
b) De fomento;
c) Didáctica;
d) La siembra de camarón;
e) La cosecha de camarón;
f) Los laboratorios de diagnóstico;
g) Los laboratorios de producción;
h) La introducción o repoblación de especies vivas; y
i) La recolección de recursos pesqueros del medio natural.
Los permisos que otorgue la Secretaría serán personales e intransferibles y no podrá constituirse sobre ellos ningún tipo de gravamen.
Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora
Capítulo III
Artículo 66
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad Para sembrar y cosechar el camarón los permisionarios para la acuicultura comercial, de fomento y didáctica deberán solicitar los permisos de siembra y cosecha, respectivamente.
Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora
Capítulo III
Artículo 74
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad
La Secretaría resolverá la solicitud de permiso en un plazo máximo de cinco días hábiles siguientes a su recepción, y la notificará personalmente al interesado dentro de los cinco días hábiles posteriores a su emisión.
Dentro del término para resolver, la Secretaría podrá ordenar una verificación de la granja o establecimiento acuícola a fin de constatar si el permisionario cumple con los requisitos establecidos en la presente Ley, su reglamento y en el plan de manejo acuícola.
Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora
Capítulo I
Artículo 145
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad La Secretaría realizará actos de inspección y vigilancia con el objeto de verificar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, su reglamento, los planes de manejo y demás aplicables en materia pesquera y acuícola, así como de prevenir actos que contravengan dichas disposiciones.
Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora
Capítulo III
Artículo 67
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad
El periodo de siembra del camarón en cada ciclo de cultivo acuícola será determinado por la Secretaría y lo publicará en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado con cuarenta y cinco días de anticipación al inicio del mismo. En dicha publicación se establecerá también el periodo de cosecha que fije la propia dependencia.
Para determinar los períodos de siembra y de cosecha, la Secretaría tomará en cuenta los aspectos de sanidad, climatológicos, de mercado, tecnológicos y los demás que beneficien a la acuicultura, pudiendo para ese efecto consultar al Comité de Sanidad.
Inspección y Verificación
La Secretaría realizará actos de inspección y vigilancia en cumplimiento a la normatividad aplicable en materia de pesca y acuicultura con el objetivo de prevenir actos que contravengan dichas disposiciones.
Inspector o Verificador
Nombre Lic. Jesús Antonio Peralta Moreno
Correo Electrónico jesus.peralta@sonora.gob.mx
Teléfono 662-213-1165 Ext.
Referencias
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Documentación a conservar
Para fines de acreditación, inspección o verificación del trámite o servicio. Permiso vigente