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Autenticación Electrónica de Documentos Académicos de Tipo Superior
La autenticación electrónica es un trámite necesario para dar validez oficial y legal a los títulos electrónicos que acreditan los estudios realizados en instituciones de educación de tipo superior con reconocimiento de validez oficial de estudios, otorgado por el Gobierno del Estado de Sonora por conducto de la Secretaría de Educación y Cultura
Información General
Nombre Ciudadano Autenticación de Título Electrónico
Modalidades Presencial
Tiempo de Respuesta 20 Día(s) Hábiles
Folio SON-SEC-73-1915-A
Publicación 2024-05-08 15:29:39
Nivel Estatal
Clasificación Trámite
Tipo Personal
Sector Educación
Dependencia / Entidad Secretaría de Educación y Cultura
Unidad Administrativa Dirección General de Educación Media Superior y Superior
Información de Contacto
Nombre Lic. María Isabel Cázares León
Correo Electrónico cazaresl.maria@sonora.edu.mx
Más detalles Ir al sitio
Teléfono (1): 662-289-7600 Ext. 5054
Observaciones
"Todas las tarifas de derechos correspondientes se ajustarán a la actualización anual que emite la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora. Para realizar el pago en bancos o comercios autorizados, obtendrá información de la tarifa, acudiendo a las oficinas de la Secretaría de Educación y Cultura o bien ingresado en la página de la Secretaría de Hacienda (https://hacienda.sonora.gob.mx/personas/secretaria-de-educacion-y-cultura/)"
Palabras clave
Domicilios
Dirección General de Educación Media Superior y Superior
Domicilio
Calle Guerrero entre Luis Donaldo Colosio y Sonora
Colonia Centro
No. Int.
No. Ext. 39
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
C.P. 83000
Correo Electrónico cazaresl.maria@sonora.edu.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-289-7600 Ext. 5054
Referencias
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Costos
$271.00 MXN
Descripción 43120500065 Pago de Autenticación Electrónica
¿Tiene Vigencia? No
Tiempo de Respuesta
Tiempo de Respuesta 20 Día(s) Hábiles
Afirmativa/Negativa Ficta
¿Aplica? No aplica
Requisitos
1.- Oficio solicitud de Autenticación electrónica por escrito, acompañada de relación de nombres, tipo de documento y plan de estudios al que pertenece cada uno de ellos. Importante: todas las copias deberán ser tamaño carta
Documento No.1 1 Original(es)
Documento No. 2 1 Copia(s)
2.- Título y/o grado en físico ya autenticado y con las firmas de la Coordinación de Registro, Certificación y Servicios a Profesionistas
Documento No.1 1 Copia(s)
3.- Comprobante de pago
Documento No.1 1 Copia(s)
4.- Enviar por correo electrónico oficio solicitud, los XML, creación XML Excel y escaneados los títulos en físico por los dos lados.
Documento No.1 1 Copia(s)
Lugares de Pago
Agencia Fiscal del Estado
Domicilio
Calle Avenida Paseo de la Cultura
No. Interior
No. Interior s/n
Colonia Vado del Rio
Código Postal 83280
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
Correo Electrónico infocontribuyente@sonora.gob.mx
Teléfonos
Teléfono (1): 662-217-5520 Ext.
Referencias
Centro de Gobierno, edificio Sonora, planta baja.
Horarios
Instrucciones Cuando se vaya a realizar el pago en alguna sucursal de BBVA Bancomer se debe ingresa a la página de la Secretaria de Hacienda link https://servicios.siiafhacienda.gob.mx/otros/panel?ClaseObjeto=SE e imprimir pase de caja con el cual se realizará el pago en el banco
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Formas de Pago
-
Efectivo
-
Tarjeta de crédito / débito
Fundamentos Jurídicos
Ley General de Educación Superior
Capítulo Único
Artículo 14
Fracción
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad Artículo 14. Las instituciones de educación superior podrán otorgar título profesional, diploma o grado académico a la persona que haya concluido estudios de tipo superior y cumplido los requisitos académicos establecidos en los planes de estudio y ordenamientos aplicables. Para este propósito, las instituciones de educación superior determinarán los requisitos y modalidades en que sus egresados podrán obtener el título profesional, diploma o grado académico correspondiente. Los certificados, diplomas, títulos profesionales y grados académicos que expidan los particulares respecto de estudios autorizados o reconocidos requerirán de autenticación por parte de la autoridad o institución pública que haya concedido la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios. Para tal efecto, podrán utilizar medios digitales y procesos electrónicos. Todos los certificados, diplomas, títulos profesionales y grados académicos señalados en este artículo tendrán validez en todo el territorio nacional.
Ley de Hacienda del Estado de Sonora
Capítulo
Artículo 326
Fracción IV
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad Autenticación electrónica de documentos académicos del tipo superior
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación y Cultura
Capítulo VI
Artículo 18
Fracción XXII
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad “…XXII.- Autenticar de manera electrónica los títulos profesionales previamente registrados ante la Coordinación General de Registro y Certificación y Servicio a Profesionistas que las Instituciones con reconocimiento de validez oficial de estudios otorgados por la Secretaría le soliciten y coadyuvar con las unidades administrativas competentes en su caso con su registro electrónico ante las autoridades correspondientes; y…”