Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes / Secretaría de Educación y Cultura

Implicación del Decreto por el que la Titular del Poder Ejecutivo del Estado emite la Declaratoria de Emergencia y Contingencia Sanitaria

Regresar Boletín Oficial 25/03/2020

No. El Decreto de Declaratoria de Emergencia y Contingencia Sanitaria Epidemiológica considera este un servicio publico indispensable, por lo que Cumpliendo con las atribuciones conferidas en el artículo 137 de la Constitución local los Ayuntamientos continuarán atendiendo dicho servicio publico, promoviendo entre sus trabajadores la observancia estricta de las medidas de distanciamiento social.

Los ayuntamientos, a través de sus áreas de inspección y vigilancia con las atribuciones conferidas en el artículo 61 fracción H, inciso i), es el responsable de vigilar el estricto cumplimiento de los precios, particularmente de los que se refieren a artículos de consumo y uso popular.

Los Ayuntamientos son los responsables de ejecutar programas de abasto, tal como lo establece el artículo 61 fracción H, inciso j) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. Los trabajadores de los mercados de abastos, así como quienes trabajan en toda la cadena productiva deberán observar las medidas de higiene y distanciamiento social que establece el Decreto de Declaratoria de Emergencia y Contingencia Sanitaria Epidemiológica.

Si. Esta considerado en el Decreto de Declaratoria de Emergencia y Contingencia Sanitaria Epidemiológica privilegiar todo lo inherente a la producción, transportación y comercialización de alimentos, por lo que cada Ayuntamiento deberá vigilar que los trabajadores de los mercados de abastos, así como de quienes trabajan en toda la cadena productiva cumplan con las medidas de higiene y distanciamiento social que establece el Decreto.

Si. Existe el compromiso de los 72 presidentes municipales de coadyuvar junto al Gobierno del Estado para implementar operativos que permitan concientizar a los ciudadanos a resguardarse y cumplir con el distanciamiento social y demás medidas que establece el Decreto. Así que estarán vigilando el orden público como es su deber consagrado en las leyes. Por lo que se solicita a la ciudadanía su comprensión y colaboración con las fuerzas del orden para afrontar todos juntos esta situación.

El Decreto de Declaratoria de Emergencia y Contingencia Sanitaria Epidemiológica restringe este tipo de reuniones donde se genere hacinamiento o aglomeraciones, por lo que cada Ayuntamiento deberá hacer lo que le corresponda para sensibilizar a la ciudadanía que la mejor opción es quedarse en casa y resguardarse atendiendo la recomendación de distanciamiento social.

El Decreto de Declaratoria de Emergencia y Contingencia Sanitaria Epidemiológica restringe las reuniones donde se provoquen aglomeraciones y hacinamiento, por lo que los dirigentes han expresado la cancelación de reuniones y giras programadas, sumándose con una actitud responsable ante la contingencia presentada.

En el comunicado No. 065 del INE emitido el 22 de marzo del 2020 anuncio el cierre temporal de sus módulos de atención ciudadana en todo el territorio nacional, como medida para contribuir a la prevención del COVID-19.

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