Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes / Secretaría de Gobierno

Implicación del Decreto por el que la Titular del Poder Ejecutivo del Estado emite la Declaratoria de Emergencia y Contingencia Sanitaria

Regresar Boletín Oficial 25/03/2020

Puedes realizar tus trámites y pagos en línea de una manera rápida, cómoda y segura desde la página de internet de  la Secretaría de Hacienda:  haciendasonora.gob.mx o descargando la aplicación “Recaudación Sonora”, la cual está disponible en Google Play y Apple Store.

Te invitamos a mantener tu licencia de conducir vigente, así como llevar a cabo la revalidación vehicular en tiempo y forma. Ponemos a tu disposición nuestra página de internet hacienda.sonora.gob.mx y la aplicación móvil “Recaudación Sonora” para realizar tus trámites, aunque las disposiciones en los retenes dependerán de cada municipio, y sus respectivas Leyes de Ingresos y Bando de los Policías y Buen Gobierno.

Puedes realizar la revalidación de tus placas desde el portal de la Secretaría de Hacienda del Estado Sonora en el módulo de “Mi Cuenta Única” seleccionando la opción de “Vehicular” (https://cuentaunica.siiafhacienda.gob.mx/Account/Login)

Tu recibo de pago impreso servirá como comprobante, mientras recibes la nueva tarjeta de circulación en tu domicilio registrado a través de un servicio de paquetería (el tiempo estimado para recibirla en tu domicilio es de hasta tres semanas a partir de la recepción del pago).

En caso de que aún no cuentes con tu registro, lo puedes realizar siguiendo los pasos del botón “Regístrate”.

De no contar con acceso a internet, puedes tramitar la revalidación de tus placas con ayuda de nuestros asesores fiscales llamando gratis a la línea (800) – 312-7011.

Puedes realizar la renovación de tu licencia desde el portal de la Secretaría de Hacienda del Estado Sonora en el módulo de “Mi Cuenta Única” seleccionando la opción de “Licencias” (https://cuentaunica.siiafhacienda.gob.mx/Account/Login)

Tu recibo de pago impreso servirá como comprobante en lo que recibes la licencia en tu domicilio registrado a través de un servicio de paquetería (el tiempo estimado para recibirla en tu domicilio es de hasta dos semanas a partir de la recepción del pago).

En caso de que aún no cuentes con tu registro, lo puedes realizar siguiendo los pasos del botón “Regístrate”.

De no contar con acceso a internet, puedes tramitar  la renovación de tu licencia con ayuda  de nuestros asesores fiscales llamando gratis a la línea (800) – 312-7011.

Debido a la contingencia sanitaria, actualmente únicamente es posible realizar el trámite de renovación de licencia.

Puedes realizar el trámite de reposición con ayuda de nuestros asesores fiscales  llamando gratis a la línea (800) – 312-7011.

Tu recibo de pago impreso servirá como comprobante en lo que recibes la licencia en tu domicilio registrado a través de un servicio de paquetería (el tiempo estimado para recibirla en tu domicilio es de hasta dos semanas a partir de la recepción del pago).

Puedes realizar la renovación de su licencia desde el portal de la Secretaría de Hacienda del Estado Sonora en el módulo de “Mi Cuenta Única” seleccionando la opción de “Licencias” (https://cuentaunica.siiafhacienda.gob.mx/Account/Login)

Su recibo de pago impreso servirá como comprobante en lo que recibe la licencia en su domicilio registrado a través de un servicio de paquetería (el tiempo estimado para recibirla en su domicilio es de hasta dos semanas a partir de la recepción del pago).

Si tu padre/madre no cuenta con su registro aún, lo puedes apoyar a realizar su registro siguiendo los pasos del botón “Regístrate”.

También lo puedes realizar con ayuda de nuestros asesores fiscales  llamando gratis a la línea (800) – 312-7011.

Estamos trabajando en reestablecer este servicio. Te solicitamos atentamente mantenerte al pendiente de actualizaciones.

Sí. Puedes realizar el trámite de alta de vehículo nuevo enviando la documentación requerida escaneada (https://hacienda.sonora.gob.mx/contribuyentes/padron-vehicular/requisitos-alta-de-vehiculos-nuevos/), así como el PDF y XML de la factura del vehículo, por correo electrónico a: altacontribuyente@haciendasonora.gob.mx

Tu recibo de pago impreso servirá como comprobante en lo que recibes las placas y la tarjeta de circulación en tu domicilio registrado a través de un servicio de paquetería (el tiempo estimado para recibirlas en tu domicilio es de hasta tres semanas a partir de la recepción del pago.

Puedes solicitar el trámite enviando la documentación requerida escaneada (https://hacienda.sonora.gob.mx/empresas/opinion-sobre-situacion-fiscal-para-fines-de-licitaciones-estatales/) por correo electrónico a los correos electrónicos: cmurrieta@haciendasonora.gob.mx y vrogel@haciendasonora.gob.mx

El asunto del correo debe ser: “Opinión sobre situación fiscal para fines de licitaciones estatales”.

Si tienes dudas sobre tu caso particular te solicitamos contactar a la Dirección de Orientación y Asistencia al Contribuyente de la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora a través de  la línea gratuita (800) – 312-7011, vía WhatsApp (662) 316-9734, en el chat en línea de la página hacienda.sonora.gob.mx o al correo electrónico infocontribuyente@sonora.gob.mx

El estímulo del 50% establecido en el Decreto, es adicional al estímulo que normalmente se aplica. Es decir si usted declara hasta 20 empleados aplicará el estímulo del Art. 218 BIS-2 (6 empleados por el UMA elevado al mes), por la diferencia se le aplicará el estímulo del 50%. Es decir:

Ejemplo, base gravable  50,000   20 empleados

Impuesto a cargo              1,000

Aplicación Art.218 BIS         317    (6 empleados X 86.88 X 30.4) X 2%

Impuesto a cargo                683

Estímulo decreto 50%        342

ISRTP a pagar                     341

Más adicionales

El decreto menciona las declaraciones de los meses de marzo y abril, y la aplicación del estímulo es en base a la información declarada en esos períodos; derivado de lo anterior, si tendría derecho a aplicarse el estímulo.

La declaración del mes de marzo y de abril deberá, presentarse a más tardar el día 20 de abril y el día 20 de mayo, respectivamente. Para aplicarse el estímulo es necesario estar al corriente en sus obligaciones fiscales.

En caso de pagarlo al mismo tiempo, no tendría derecho al beneficio del  estímulo, en ninguno de los meses; debido a que para la aplicación de estímulo es necesario estar al corriente en sus obligaciones fiscales.

La determinación de qué corresponde en caso de suspensión de labores por motivos de una Declaratoria de Contingencia Sanitaria es competencia de la Ley Federal del Trabajo y, por lo tanto, no del Gobierno del Estado.

Las medidas que aplicarán para los acreditados dependerá de cada uno de lo bancos, el Gobierno del Estado no tiene injerencia.

El estímulo del 50% sobre la inscripción de vivienda aplica para cualquier tipo de vivienda, sin importar el monto de valor avalúo o catastral.

El decreto menciona solo la inscripción de la operación de vivienda, es decir, aplica en su caso para la compraventa, donación o adjudicación, pero no aplica el estímulo en alguna anotación adicional, llámese hipoteca, reserva de dominio o cualquier otra que se pudiera inscribir.

El estímulo aplica a partir de la fecha de publicación del decreto, es decir, toda aquella inscripción que se solicite a partir de la fecha de publicación hasta la fecha de vigencia establecida en el mismo.

Sí, pues los estímulos fiscales están previstos únicamente para trámites llevados a cabo en los meses de marzo y abril.

Aplica tanto para personas físicas como personas morales.

No. Sin embargo, los adeudos correspondientes a ejercicios fiscales anteriores – así como sus recargos y accesorios – seguirán vigentes y por ende deberán ser cubiertos. En virtud del decreto, el monto correspondiente a la revalidación vehicular del ejercicio fiscal 2020 deberá ser cubierto a más tardar el día 30 de abril.

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